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DECRETO SUPREMO N° 05623

VICTOR PAZ ESTENSSORO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que es necesario restablecer en el Ministerio de Gobierno, Justicia e Inmigración, la Oficialía Mayor de Justicia, con objeto de atender en forma específica, oportuna y eficientemente, todos los asuntos relacionados con el ramo de la Justicia;

 

EN CONSEJO DE MINISTROS

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1.- Restablécese la Oficialía Mayor de Justicia, en el Ministerio de Gobierno, Justicia e Inmigración, debiendo los haberes correspondientes imputarse al item 7 del Servicio de Gobierno, con derecho a la compensación y categoría por años de servicios, conforme a disposiciones vigentes.

 

ARTÍCULO 2.- En el presupuesto de la próxima gestión, se fijará la partida correspondiente a tal cargo.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Gobierno, Justicia e Inmigración y Hacienda y Estadística, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cuatro días del mes de noviembre de mil novecientos sesenta años.

 

FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Cnl. E. Rivas Ugalde, A. Cuadros Sánchez, Arturo Fortún S., A. Gumucio Reyes, A. Franco Guachalla, E. Arze Quiroga, Ñuflo Chávez O., R. Jordán Pando, Guillermo Jáuregui, José Antonio Arze.

 

 

 

 

 

 

 

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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