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DECRETO SUPREMO Nº 16530

GRAL. DAVID PADILLA ARANCIBIA

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, la H. Alcaldía Municipal de La Paz, está desarrollando una serie de proyectos y obras en beneficio de la ciudad y particularmente en la modernización de sus sistemas para conseguir mayor eficacia y fluidez;

 

Que, dicha ejecución requiere la permanente inversión de recursos habiéndose programado la utilización de los débitos pendientes de varias empresas e instituciones;

 

Que, dentro de esta configuración la firma “LA VICTORIA LIMITADA”, que tiene débitos pendientes en favor de la Municipalidad, ha ofrecido pagar sus obligaciones con un equipo de microfilmación, que la H. Comuna requiere para modernizar su actual sistema de Archivo de Documentos;

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1.- Autorízase a la H. Alcaldía de La Paz, aceptar como pago de los débitos pendientes de “LA VICTORIA LTDA.”, un equipo de microfilmadora planetaria, con destino a la modernización de sus sistemas de Archivo de Documentos, debiendo reintegrar el saldo del precio hasta el monto total de $b.1840.000.-

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho del Interior, Migración y Justicia queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los seis días del mes de junio de mil novecientos setenta y nueve años.

 

(FDO.) GRAL. DIV. DAVID PADILLA ARANCIBIA, Jorge Escobari Cusicanqui, Raúl López Leytón, Hugo Céspedes Espinoza, Gary Prado Salmón, Javier Alcoreza Melgarejo, Simón Sejas Tordoya, Juan Muñoz Revollo, Oscar Pammo Rodríguez, Jorge Echazú Aguirre, Félix Villarroel Terán, Mario Candia Navarro, Luis Rivera Palacios, Norberto Salomón Soria, Jaime Arancibia Echavarría.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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