TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2025

Untitled Document

DECRETO SUPREMO Nº 16393

GRAL. DIV. DAVID PADILLA ARANCIBIA

PRESIDENTE DE LA HONORABLE JUNTA

MILITAR DE GOBIERNO

 

CONSIDERANDO:

 

Que, entre los objetivos de política social de la H. Junta Militar de Gobierno y con carácter prioritario esta la protección de la salud de la población.

 

Que, la Caja Nacional de Seguridad Social, organismo ejecutor de esta alta política, obtuvo autorización para importar vehículos para sus servicios médicos y administrativos en escala nacional, mediante Decreto Supremo N° 15313 de 20 de febrero de 1978, habiéndose convocado a licitación pública, pero no se pudo llegar hasta la adjudicación por no convenir a los intereses de la Institución:

 

Que, la carencia de movilidades apropiadas en calidad y numero y su actual desgaste impide la adecuada y eficaz atención a los asegurados y beneficiarios en todo el ámbito nacional, lo que a mas de trabar el empeño de mejorar los servicios asistenciales, provoca malestar en la población asegurada, situación critica que es imperioso superar;

 

Que, la urgencia e inaplazable necesidad de renovar los vehículos que tiene la Caja Nacional de Seguridad Social, en vista de que los actuales, cuya adquisición data más de 10 años atrás, prestan un servicio cada vez más deficiente y a un elevado costo de mantenimiento;

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1.- Adjudicar por vía directa, con carácter de exprecion, la importación de vehículos a las siguientes firmas:

 

A: BOLIVIA DEVERLOMENT

 

6 unidades Camiones Marca Chevrolet precio unitario CIF Aduana La Paz, $us. 18.612.26 total $us. 111.673.56.-

 

36 unidades Ambulancias 2x4 Marca FORD precio unitario CIF Aduana La Paz, $us.14.650.00 total $us. 527.400.00

15 unidades Microbuses Marca Chevrolet precio unitario CIF Aduana La Paz, $us.22.070.00 total $us. 331.155.00

 

A TOYOTA BOLIVIANA

25 unidades Jeep Marca LAND CRUISER 4x4 a precio unitario CIF Aduana La Paz, $us.9.600.00 total $us. 240.000.00.

20 unidades Vagonetas Marca LAND CRUISER 4 x 4 precio unitario CIF Aduana La Paz, $us.12.500.00 total $us. 250.000.00.

22 unidades de Ambulancia Marca LAND CRUISER precio unitario CIF Aduana La Paz, $us.21.900.00 total $us. 438.000.00

20 unidades Camionetas Marca Toyota precio unitario CIF Aduana La Paz, $us.9.950.00 total $us. 199.000.00

 

ARTÍCULO 2.- Las condiciones de plazo de entrega, forma de pago, mantenimiento, adiestramiento de personal, garantía, etc, deberán ser, establecidos en los respectivos contratos a suscribirse entre la Caja Nacional de Seguridad Social y las firmas adjudicatarias.

 

ARTÍCULO 3.- Autoriza a la Caja Nacional de Seguridad Social el remate público de los vehículos en desuso previo avalúo que deberá efectuar conjuntamente con la Dirección Nacional de Bienes de la Contraloría General de la Republica.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Previsión Social y Salud Pública y de Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de abril de mil novecientos setenta y nueve años.

 

FDO. GRAL. DAVID PADILLA ARANCIBIA, Raúl Bothelo Gozálvez, Raúl López Leytón, Hugo Céspedes Espinoza, Gary Prado Salmón, Wenceslao Alba Quiróz, José Olvis Arias, Juan Muñoz Revollo, Oscar Pammo Rodríguez, Hermes Fellmán Forteza, Jorge Echazú Aguirre, Félix Villarroel Terán, Mario Candia Navarro, Luis Rivera Palacios, Norberto Salomón Soria, Abel Elías Saínz.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2021

|