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DECRETO SUPREMO Nº 16387

GRAL. DIV. DAVID PADILLA ARANCIBIA

PRESIDENTE DE LA HONORABLE JUNTA

MILITAR DE GOBIERNO

 

CONSIDERANDO:

 

Que, mediante D.L. 16155 de 1° de febrero de 1979, fue aprobado el Presupuesto del Sector Público, correspondiente a la presente gestión fiscal, con el objeto de ejecutar una adecuada nacionalización del gasto público, así como la política financiera trazada por el Supremo Gobierno, para impulsar el desarrollo económico y social del país.

 

Que, la suma aprobada para la Secretaria General de Informaciones de la Presidencia de la República por el referido Decreto Ley, es insuficiente para atender los nuevos requerimientos de dicha dependencia, de consiguiente se hace necesario disponer la aprobación de un Presupuesto Adicional, que le permita solventar las obligaciones contraidas con cargo a fondos provenientes del Tesoro Nacional.

 

Que, la referida Secretaria de Estado, debe coadyuvar en las labores del Supremo Gobierno de la Constitucionalización del país, concientizando a la ciudadanía a fin de lograr un concurso masivo en la formación de los Poderes del Estado a realizarse el día 1° de julio próximo, consiguiendo con ello una verdadera democratización y que es el sentir de toda la población electoral en beneficio de la democracia en la República.

 

Que, por los anteriores antecedentes la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Finanzas, ha elaborado el informe correspondiente por el que se determina la procedencia para la aprobación del Presupuesto Adicional solicitado por el referido Servicio.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Presupuesto Adicional de la Secretaria General de Informaciones de la Presidencia de la República con cargo a fondos del Tesoro Nacional por la suma de CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS MIL 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b.4.800.000.-) para su vigencia en la presente gestión fiscal, de acuerdo al siguiente detalle:

 

PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA

PROGRAMA 02 : SECRETARIA GENERAL DE

INFORMACIONES

CAPITULO 1 : FUNCIONAMIENTO

RECURSOS : TESORO NACIONAL

 

INGRESOS

(En Pesos Bolivianos)

 

Financiamiento por Origen de los Recursos:

 

Código

 

F u e n t e

Presupuesto

Adicional

1979

I

NACIONALES

4.800.000.-

1.-

Tesoro Nacional

4.800.000.-

 

T o t a l :

4.800.000.-

E G R E S O S

(En Pesos Bolivianos)

 

Clasificación por Objeto del Gasto:

 

Código


D e s c r i p c i ó n

Presupuesto

Adicional

1979

200

SERVICIOS NO PERSONALES

4.800.000.-

210

Servicios Básicos

4.583.500.-

213

Publicidad

4.363.500.-

214

Imprenta

220.000.-

220

Servicio de Transporte y Seguros

36.500.-

221

Pasajes

21.000.-

222

Viáticos

15.500.-

260

Otros Servicios No Personales

180.000.-

262

Asignaciones Globales

180.000.-

 

T o t a l:

4.800.000.-

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Finanzas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de abril de mil novecientos setenta y nueve años.

 

FDO. GRAL. DIV. DAVID PADILLA ARANCIBIA, Raúl Bothelo Gozálvez, Raúl López Leytón, Hugo Céspedes Espinoza, Gary Prado Salmón, Wenceslao Alba Quiróz, José Olvis Arias, Juan Muñoz Revollo, Oscar Pammo Rodríguez, Hermes Fellman Forteza, Jorge Echazu Aguirre, Félix Villarroel Terán, Mario Candia Navarro, Luis Rivera Palacios, Norberto Salomón Soria, Abel Elías Saínz.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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