TEXTO DE CONSULTA
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DECRETO SUPREMO Nº 10149

CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, el Banco Nacional de Bolivia ha cumplido cien años de existencia el 4 de
marzo del presente año;

 

Que, en el transcurso de dicho período ha sido positiva y permanente su contribución al Estado y pueblo boliviano, asistiendo a la Patria en situaciones de emergencia nacional, coadyuvando a su desarrollo y cooperando a todos los sectores económicos del país;

 

Que, es deber del Estado reconocer las realizaciones de tan meritoria institución y por tanto, impulsar su desarrollo para el normal desenvolvimiento de sus actividades financieras;

 

Que, el Supremo Gobierno, dentro de su nueva política económica y financiera, debe favorecer las operaciones bancarias, a fin de posibilitar la aceleración del crecimiento industrial.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTICULO ÚNICO.- Autorízase al Banco Central de Bolivia, a conceder un aval en favor del Banco Nacional de Bolivia, en calidad de estímulo por los cien años cumplidos, para la obtención de un crédito en el exterior, hasta la suma de UN MILLON DE DOLARES ($us. 1.000.000.-) con la finalidad de incrementar su capital de operaciones.

 

El señor Ministro de Finanzas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecisiete días del mes de marzo de mil novecientos setenta y dos años.

 

FDO. CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ, Mario R. Gutiérrez Gutiérrez, Edwin Rodríguez Aguirre, Carlos Valverde Barbery, José Gil Reyes, Héctor Ormachea Peñaranda, Jaime Florentino Mendieta Vargas, Ambrosio García Rivera, Ciro Humboldt Barrero, Roberto Capriles Gutiérrez, Hugo Gonzáles Rioja, Alfredo Arce Carpio.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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