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DECRETO SUPREMO Nº 17980

GRAL. DIV. LUIS GARCIA MEZA

TEJADA

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que el Instituto de Educación Bancaria, solicita autorización para efectuar traspaso de fondos, con el objeto de cubrir sobregiros presentados en algunas partidas presupuestarias de los Grupos 100 “SERVICIOS PERSONALES”, 200 “SERVICIOS NO PRSONALES” y 300 “MATERIALES Y SUMINISTROS”,

 

Que la Dirección General de Presupuesto dependiente del Ministerio de Finanzas, en uso de sus específicas atribuciones, ha informado favorablemente por esta solicitud haciéndose viable la procedencia de este requerimiento.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Autorízase al Instituto de Educación Bancaria que dentro su Presupuesto de la gestión en curso realice, el traspaso de fondos por la suma de CUATRO MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL oo/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 4.247.ooo.- -) con cargo a Ingresos de Operación, Transferencias y Otros, de acuerdo al siguiente detalle:

 

CAPITULO DE FUNCIONAMIENTO

 

PROGRAMA 01 : Educación

 

DE:

 

100 SERVICIOS PERSONALES 1.2oo.ooo.- -

 

110 Empleados Permanentes 1.2oo.ooo.- -

113.4 Bonificaciones 1.2oo.ooo.- -

 

200 SERVICIOS NO PERSONALES 8o.ooo.- -

 

220 Servicios de Transportes y Seguros 8o.ooo.- -

221.4 Pasajes 4o.ooo.- -

222.4 Viáticos 4o.ooo.- -

 

 

300 MATERIALES Y SUMINISTROS 15o.ooo.- -

 

310 Para Oficina 15o.ooo.- -

311.4 Papelería y Suministros Varios 15o.ooo.- -

 

 

400 ACTIVOS FIJOS Y FINANCIEROS 2.817.ooo.- -

 

410 Inmobiliarios 572.ooo.- -

411.4 Terrenos 572.ooo.- -

 

 

420.2 Construcciones, Reformas é Instalaciones 8oo.ooo.- -

420.4 Construcciones, Reformas é Instalaciones 1.25o.ooo.- -

 

430 Maquinaria y Equipo 195.ooo.- -

436.5.2 Equipo Educacional y Recreativo 195.ooo.- -

 

T o t a l: 4.247.ooo.- -

= = = = = = =

 

 

 

PROGRAMA 01 : Educación

 

A:

 

100 SERVICIOS PERSONALES 3.687.ooo.- -

110 Empleados Permanentes 3.672.ooo.- -

111.4 Haberes Básicos 141.ooo.- -

112.4 Categorías 6o.ooo.- -

114.4 Aguinaldos 295.ooo.- -

116.4 Asignaciones Familiares 2o.ooo.- -

117.2 Sueldos 8oo.ooo.- -

117.4 Sueldos 2.oo1.ooo.- -

117.5.2 Sueldos 195.ooo.- -

118.4 Otros por Servicios Personales 16o.ooo.- -

 

140 Otros Aportes 15.ooo.- -

140.4 F . O . M . O. 15.ooo.- -

 

200 SERVICIOS NO PERSONALES 48o.ooo.- -

 

210 Servicios Básicos 3o.ooo.- -

213.4 Publicidad 3o.ooo.- -

240 Mantenimiento y Reparaciones 1oo.ooo.- -

241.4 Edificios y Equipos 1oo.ooo.- -

 

260 Otros Servicios No Personales 35o.ooo.- -

261.4 Tributos y Otros Gravámenes 3oo.ooo.- -

262.4 Asignaciones Globales 5o.ooo.- -

 

300 MATERIALES Y SUMINISTROS 8o.ooo.- -

 

320 Para Usos Varios 8o.ooo.- -

323.4 Alimentos 8o.ooo.- -

 

T o t a l: 4.247.ooo.- -

= = = = = =

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y de Educación y Cultura, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cinco días del mes de febrero de mil novecientos ochenta y un años.

 

FDO. GRAL. LUIS GARCIA MEZA TEJADA, Waldo Bernal Pereira, Javier Cerruto Calderon de la Barca, Luís Arce Gomez, Armando Reyes Villa, Oscar Larraín Frontanilla, José Sanchez Calderon, Ariel Coca Aguirre, René Guzman Fortun, Mario Guzman Moreno, Augusto Calderon Miranda, Carlos Morales Nuñez del Prado, Julio Molina Suarez, Líder Sossa Salazar, Avelino Rivero Parada, Arturo Veizaga Barrón.

 

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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