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DECRETO PRESIDENCIAL N° 17319

LYDIA GUEILER TEJADA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINA DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que los señores Ministros de Estado han formulado renuncia conjunta con las funciones que venían desempeñando, siendo necesario proceder a la renovación del Gabinete Ministerial que colaborará a la señora Presidente de la República.

 

Que acogiendo al pedido general de la ciudadanía, se ha procurado encomendar el ejercicio de los diversos Ministerios a ciudadanos que aseguren las condiciones de imparcialidad y honestidad en la contienda electoral.

 

Que es facultad privativa de la Presidente de la República designar a sus colaboradores.

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO 1.- Desígnase Ministros de Estado en los Despachos respectivos, a
los siguientes ciudadanos:

 

Ministro de Relaciones Exteriores y Culto

DR. GASTON ARAOZ LEVY

Ministro del Interior, Migración y Justicia

GRAL.BRIG.AE. ANTONIO ARNEZ CAMACHO

Ministro de Defensa Nacional

CONTRALMIRANTE WALTER NUÑEZ RIVERO

Ministro de Finanzas

LIC. ADOLFO ARAMAYO ANZE

Ministro de Planeamiento y Coordinación

LIC. JAIME PONCE GARCIA

Ministro de Educación y Cultura

LIC. CARLOS ANTONIO CARRASCO FERNANDEZ

Ministro de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica, Civil

LIC. ERNESTO RIVERO VILLARROEL

Ministro de Industria, Comercio y Turismo

ING. JUAN CARLOS NAVAJAS MOGRO

Ministro de Trabajo y Desarrollo Laboral

DR. ISAAC SANDOVAL RODRIGUEZ

Ministro de Mineria y Metalurgia

DR. JORGE GUTIERREZ DEL RIO

Ministro de Asuntos Campesinos y Agropecuarios

ING. MARIO VISCARRA AYALA

Ministro de Energía e Hidrocarburos

LIC. MANUEL CUEVAS AGUILERA

Ministro de Previsión Social y Salud Pública

DR. HUGO PALAZZI MOSCOSO

Ministro de Urbanismo y Vivienda

SR. ERNESTO WENDE FRANKEL

Ministro Secretario General de la Presidencia de la República

DR. SALVADOR ROMERO PITTARI

Ministro Secretario de Integración

DR. FERNANDO SALAZAR PAREDES

Ministro de Estado Encargado de la Junta Nacional de Acción Social de la Presidencia de la República y Asuntos de Bienestar Social

LIC. ELBA OJARA DE JEMIO

Secretario General de Prensa e Informaciones

SR. OSCAR PEÑA FRANCO

 

ARTÍCULO 2.- Los señores Ministros de Estados designados tomarán posesión de sus cargos en el día.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los siete días del mes de abril de mil novecientos ochenta años.

 

FDO. LYDIA GUEILER TEJADA.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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