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DECRETO SUPREMO N° 17303

LYDIA GUEILER TEJADA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINA DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que en fecha 16 de julio de 1979, mediante Licitación Pública Internacional,
ELAPAS convocó a las empresas consultoras nacionales y extranjeras originarias de cualquier país miembro del Banco Interamericano de Desarrollo B.I.D. a presentar propuestas para la realización del Estudio de Prefactibilidad del Sistema de Ampliación de Agua Potable de la ciudad de Sucre.

 

Que atendiendo numerosas solicitudes el Directorio de la empresa amplió el
plazo por cuarenta días más al término del cual se presentaron tres Consultoras en el siguiente orden:

 

1.- CONSBOL LTDA. GLACE & GLACE

2.- CONNAL S.R.L.

3.- CONTEGRAL GREENHORNE O’MARA

 

Que reunida la Junta de Selección en sesión de fecha 31 de octubre de 1979, se procedió a la apertura de los sobres “A” de las tres empresas, designándose en la misma a las comisiones Jurídica y Económico Técnica de acuerdo al Artículo 28 de la Ley de Consultoría Decreto Supremo No 13964 de 17 de septiembre de 1976.

 

Que revisados los aspectos legales y habilitadas las tres empresas, la Comisión Económico Técnica procedió a la calificación y asignación de puntaje con el siguiente resultado.

 

CONNAL S.R.L. 754.33

CONSBOL LTDA. 701.33

CONTEGRAL 642.50

 

En sesión de fecha 27 de noviembre, reunida nuevamente la Honorable Junta de Selección, aprobó los informes jurídico y Económico Técnico precediéndose a la apertura de los sobres “B” y “C” de la empresa CONNAL S.R.L. calificada en primer lugar y constitución del Comité Negociador, el que procedió a lo encomendado culminado con la última oferta del Comité en la suma de $b. 6.323.293.96.- $us.- 258.093.63 al cambio de 24.50 por dolar.

 

Que la Junta de Selección de ELAPAS mediante Resolución No 1/80 resuelve adjudicar la Licitación No 3/79 Estudio de Prefactibilidad para la ampliación del Sistema de Agua Potable de la ciudad de Sucre en favor de la Empresa CONNAL S.R.L.

 

Que habiéndose cumplido con todos los requisitos legales, corresponde dictar la norma legal que apruebe la presente adjudicación de acuerdo a lo previsto por el artículo 37 de la Ley de Consultoría Decreto Supremo No 13964.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO 1.- Apruébase la adjudicación efectuada por la Honorable Junta de Selección de ELAPAS, en su sesión de fecha 10 de marzo de 1980, en favor de la Empresa Consultora CONNAL S.R.L. para la realización del Estudio de Prefactibilidad del Sistema de Ampliación de Agua Potable de la ciudad de Sucre, por el monto de $b. 6.323.293.96 pagaderos con fondos provenientes de un préstamo ente el Instituto Nacional de Preinversión (INALPRE).

 

ARTÍCULO 2.- Autorízase la firma del contrato entre los representantes legales de ELAPAS y CONNAL S.R.L. con la intervención de los señores Fiscal de Gobierno y Contralor Departamental de Chuquisaca.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Urbanismo y Vivienda y de Planeamiento y Coordinación, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticuatro dias
del mes de marzo de mil novecientos ochenta años.

 

FDO. LYDIA GUEILER TEJADA, Julio Garrett Aillon, Antonio Arnez Camacho, Jorge Agreda Valderrama, Adolfo Aramayo Anze, Carlos Carrasco Fernandez, Hugo Velasco Rosales, Juan Carlos Navajas, Isacc Sandoval Rodriguez, Oscar Bonifaz Gutierrez, Mario Viscarra Ayala, Victor Quinteros Rasguido, Ayda Claros de Baya, Rene Higueras del Barco, Salvador Romero Pittari, Elba Ojara de Jemio.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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