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TEXTO DE CONSULTA
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DECRETO SUPREMO N° 17300

LYDIA GUEILER TEJADA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINA DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que mediante Decreto Supremo No 14256 de fecha 31 de diciembre de 1976 fue creado el Consejo Consultivo de Alto Nivel, para proyectar y coordinar la política social en el sector minero contando con la Dirección de Programación Social y Económica Minera, dependiente del Ministerio de Trabajo, como órgano de apoyo.


Que el mencionado Consejo ha dejado de funcionar, sin que la Dirección de
Programación Minera hubiera cumplido con las funciones de asesoramiento, conforme a los artículos 3o y 4o del Decreto de su creación.

 

Que actualmente esa Dirección es inoperante por existir duplicidad de funciones con otros órganos dependientes del Sector Público.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO PRIMERO.- Suprímese la Dirección de Programación Social y Económica Minera, como oficina de asesoramiento especializado del Ministerio de
Trabajo, por existir duplicidad de funciones con otras oficinas que realizan análisis,
programas y proyectos de carácter socio Laboral.

 

ARTÍCULO SEGUNDO.- El personal, documentación y mobiliario de la Ex-Dirección de Programación Minera, pasará a la dependencia de la Dirección Sectorial de Planificación del Ministerio de Trabajo, dentro de su ordenamiento funcional y presupuestario, a partir de la fecha.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Interior, Migración y Justicia, Trabajo y Desarrollo Laboral, y de Minería y Metalurgia, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticuatro dias
del mes de marzo de mil novecientos ochenta años.

 

FDO. LYDIA GUEILER TEJADA, Julio Garrett Aillon, Antonio Arnez Camacho, Jorge Agreda Valderrama, Adolfo Aramayo Anze, Carlos Carrasco Fernandez, Juan Carlos Navajas, Hugo Velasco Rosales, Oscar Bonifaz Gutierrez, Isaac Sandoval Rodriguez, Mario Viscarra Ayala, Victor Quinteros Rasguido, Ayda Claros de Bayá, René Higueras del Barco, Salvador Romero Pittari, Elba Ojara de Jemio.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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