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TEXTO DE CONSULTA
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DECRETO SUPREMO N° 17278

LYDIA GUEILER TEJADA

PRESIDENTA CONSTITUCIONAL INTERINA DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que mediante Convocatoria Pública No 3/79, el Servicio Nacional de Caminos licitó la provisión de una Vagoneta y una Camioneta con cargo al Préstamo BIRF 1422-BO, con destino al Proyecto de Asistencia Técnica Avanzada para el Mantenimiento de Caminos:

 

Que mediante convocatoria Pública 5/79, la Entidad Vial Licitó la provisión de Instrumentos de Topografía y Laboratorios de Suelos, con cargo al Crédito Japonés BV- 1;

 

Que asimismo, mediante Licitación Pública No 2/79, licitó la provisión de repuestos para equipo camnero con cargo al mismo crédito japones VB-1;

 

Que una vez abiertas las propuestas, previos los requisitos de Ley y evacuados los informes de la Comisión Calificadora, la H. Junta de Licitaciones para Adquisiciones, en su reunión de fecha 2 de julio de 1979, adjudicó las propuestas en favor de varias firmas comerciales;

 

Que por el monto al que alcanzan las adjudicaciones, corresponden aprobarlos mediante Decreto Supremo, de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto Ley No 15223 de 30 de diciembre de 1977.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO 1.- Apruébase la adjudicación efectuada por la H. Junta de Licitaciones para Adquisiciones, en su reunión de fecha 2 de julio de 1979, en favor de las firmas comerciales que se indican a continuación, por los montos que se señalan y en las condiciones adjudicadas;

 

Convocatoria 3/79 - Provisión de una Vagoneta y una Camioneta con cargo al Préstamo BIRF 1422- BO, por los siguientes montos:

 

A la firma Toyota Boliviana Ltda.

 

Una vagoneta, por el precio total de: ……………….. $us. 12.100.00.

 

Una camioneta doble tracción, por un total de:……….. $us. 9.300.00.

 

Convocatoria 5/79 - Instrumentos de Topografía y Laboratorios de Ensayo de Materiales -Crédito Japonés

 

A la firma Toyota Boliviana Ltda,

Instrumento de Topografía, por el

precio total de Yens Japoneses:………………... 2.219.871.00.

 

Instrumento y Equipo para Laboratorio

de ensayo de materiales, por el precio total de

Yens Japoneses:………………………………… 7.207.159.00.

 

A la firma EPAYO LTDA.

 

Instrumentos de Topografía, por el precio

total de Yens Japoneses:………………………… 3.750.200.00.

 

Instrumentos y Equipo para laboratorio de

ensayo de materiales, por el precio total de

Yens Japoneses:…………………………………. 2.822.300.00.

 

Convocatoria 2/79 - Repuestos con cargo al Crédito Japonés

 

A La firma MITSUBISHI CORPORATION LTDA.

 

Repuestos para diferentes máquinas por un

valor total de Yens Japoneses:…………………... 3.588.710.00.

 

A la Firma CIBOLI LTDA

 

Repuestos para diferentes máquinas por un

valor total de Yens Japoneses:…………………... 24.200.861.00.

 

A la firma TOYOTA BOLIVIANA LTDA.

 

Repuestos para diferentes máquinas por un valor

total de Yens Japoneses:………………………… 121.360.385.00.

 

ARTÍCULO 2.- Autorízase a los señores Ministros de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil, Director del Servicio Nacional de Caminos, para que con intervención del Señor Fiscal de Gobierno, suscriban los contratos respectivos con los personeros de las firmas adjudicatarias y sea con las formalidades y seguridades establecidas por Ley.

 

El Señor Contralor General de la República, refrenderá los contratos.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil y de Finanzas quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la Ciudad de La Paz a los diez y ocho
dias del mes de marzo de mil novecientos ochenta años.

FDO. LYDIA GUEILER TEJADA, Julio Garrett Aillón, Jorge Selum Vaca Diez, Antonio Arnez Camacho, Jorge Agreda Valderrama, Adolfo Aramayo Anze, Carlos Carrasco Fernandez, Hugo Velasco Rosales, Juan Carlos Navajas, Isaac Sandoval Rodriguez, Oscar Bonifaz Gutierrez, Mario Viscarra Ayala, Victor Quinteros Rasguido, Ayda Claros de Baya, Rene Higueras del Barco, Salvador Romero Pittari, Elba Ojara de Jemio.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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