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DECRETO SUPREMO Nº 17262

LYDIA GUEILER TEJADA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINA DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, en fecha 22 de mayo de 1979, el Ministerio de Educación y Cultura, ha suscrito un convenio de cooperación educativa con los Socios de la “Alianza Bolivia- Utah” para la formación teórica y práctica de los miembros de la zona de Santiago de Huata, que será efectuado en el inmueble propio de la institución nombrada anteriormente, situada en la comunidad de Phorejoni, enmarcados a los principios básicos de la filosofía de la Educación No Formal y la Educación Boliviana

 

Que, para la plena efectividad del convenio y el cumplimiento de las obligaciones contraidas por las partes contratantes, se hace necesario dictar el instrumento legal pertinente ratificando al citado convenio.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase en todas sus partes, el convenio suscrito entre el Ministerio de Educación y Cultura y los Socios de la “Alianza Utah Bolivia”, en fecha 22 de mayo del presente año, el mismo que consta de catorce clausulas.

 

El señor Ministro de Educación y Cultura, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cinco dias del mes de marzo de mil novecientos ochenta años.

 

FDO. LYDIA GUIELER TEJADA, Julio Garrett Aillón, Jorge Selum Vaca Diez, Antonio Arnez, Jorge Agreda Valderrama, Augusto Cuadros Sanchez, Carlos Carrasco Fernandez, Hugo Velasco Rosales, Isaac Sandoval Rodriguez, Oscar Bonifaz Gutierrez, Mario Viscarra Ayala, Victor Quinteros Rasguido, Aida Claros de Baya, Rene Higueras del Barco, Salvador Romero Pittari, Elba Ojara de Jemio.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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