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DECRETO SUPREMO Nº 10953

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, mediante Decreto Supremo Nº 10135 del 29 de Febrero de 1972, se dispuso que el Servicio Geológico de Bolivia actúe como Organismo de Contraparte e Investigador Principal en el Proyecto del Satélite Tecnológico de Recursos Terrestres PRTS-A- Bolivia;

 

Que, el Decreto antes mencionado es muy limitativo en sus alcances, ya que dispone que el Servicio Geológico de Bolivia sea Organismo de Contraparte en una sola fase (FRTS - A) de una serie de experiencia que se realizará con otros satélites relacionados con el levantamiento de Recursos Terrestres;

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Modifícase el Decreto Supremo Nº 10135, en sentido de que el Servicio Geológico de Bolivia será la Organización de Contraparte ante Organizaciones Internacionales en todos los proyectos relacionados al estudio y levantamiento de recursos de la tierra ejecutados con Sensores Remotos localizados en plataformas orbitales.

 

Los señores Minsitros de Minería y Metalurgia, energía e Hidrocarburos y Relaciones Exteriores, quedan encargados de la ejecución del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los tres días del mes de julio de mil novecientos setenta y tres años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Mario R. Gutiérrez Gutiérrez, Wálter Castro Avendaño, Jesús Vía Soliz, Luis Bedregal Rodo, Germán Azcárraga Jiménez, Ambrosio García Rivera, José Serrate Aguilera, Jaime Tapia Alipaz, Guillermo Fortún Suárez, Alberto Natusch Busch, Ramón Azero Sanzetenea, Roberto Capriles Gutiérrez, Raúl Lema Patiño, Juan Pereda Asbún, Jaime Caballero Tamayo, Julio Prado Salmón, Mario Escobari Guerra.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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