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DECRETO SUPREMO Nº 10887

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, la Honorable Alcaldía Municipal de Tarija, mediante Ordenanza N° 6/73, ha cedido a título gratuito, un lote de terreno de 12.160 metros cuadrados en favor de la Subsecretaría de Juventudes, para que allí se construya e implemente un campo deportivo;

 

Que, esta iniciativa de la Alcaldía Tarijeña merece el mejor de los elogios de parte del Supremo Gobierno, pues concuerda con la política del gobierno de apoyar e impulsar la construcción de campos deportivos en todo el país.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase la Ordenanza Municipal N° 6/73, de fecha trece de los corrientes, dictada por la H. Alcaldía Municipal de Tarija, mediante la cual se transfiere en favor de la Subsecretaría de Juventudes, un lote de terreno de 12.160 metros cuadrados, destinados a la construcción de un campo deportivo.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho del Interior, Migración y Justicia, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiocho días del mes de mayo de mil novecientos setenta y tres años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Mario R. Gutiérrez Gutiérrez, Walter Castro Avendaño, Jaime Florentino Mendieta Vargas, Julio Prado Salmón, Min. Finanzas a.i., Germán Azcárraga Jiménez, Ambrosio García Rivera, Luis Leigue Suárez, Jaime Tapia Alipaz, Guillermo Fortún Suárez, Alberto Natusch Busch, Ramón Azero Sanzetenea, Roberto Capriles Gutiérrez, Raúl Lema Patiño, Juan Pereda Asbún, Jaime Caballero Tamayo, Mario Escobari Guerra.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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