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DECRETO SUPREMO Nº 10883

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, mediante Decreto Supremo Nº 10667 de fecha 29 de diciembre de 1972 se aprobó el Presupuesto Consolidado del Sector Público para la gestión de 1973;

 

Que, mediante Resolución Interministerial se ha autorizado el viaje del señor Canciller de la República para que concurra a los festejos conmemorativos de la Independencia Nacional del Paraguay en su calidad de invitado del Gobierno de aquel país;

 

Que, las sumas asignadas al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, son insuficientes para la atención que demandará la recepción que deberá ofrecer el Señor Canciller de la República en retribución de atenciones que le dispensarán, objeto para el cual se hace necesario proveer fondos que permitan la mencionada erogación;

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Presupuesto Adicional en favor del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto para la gestión fiscal de 1973, con destino al pago de gastos que demandará la retribución de atenciones que será objeto el Señor Canciller de la República, con motivo de su visita a Asunción, de conformidad al siguiente detalle:

 

INGRESOS

(En pesos bolivianos)

 

FINANCIAMIENTO POR ORIGEN DE LOS RECURSOS

 

CODIGO

 

FUENTE

 

PRESUPUESTO

 

 

 

 

 

1973

 

 

 

 

 

 

 

1

 

NACIONALES

 

61.140.-

 

 

 

 

 

 

 

 

TESORO NACIONAL

 

61.140.-

 

 

 

 

 

 

 

 

 

TOTAL

 

61.140.-

 

 

EGRESOS

(En pesos bolivianos)

 

CLASIFICACION POR OBJETO DEL GASTO

 

 

CODIGO

 

DESCRIPCION

 

PRESUPUESTO

 

 

 

 

 

1973

 

200

 

SERVICIOS NO PERSONALES

 

 

61.140.-

 

 

 

 

 

 

 

250

 

OTROS SERVICIOS NO PERSONALES

 

 

61.140.-

 

 

 

 

 

 

 

291

 

Asignaciones Globales

 

61.140.-

 

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintidos días del mes de mayo de mil novecientos setenta y tres años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Mario R. Gutiérrez Gutiérrez, Walter Castro Avendaño, Jaime Florentino Mendieta Vargas, Julio Prado Salmón, Min. Finanzas a.i., Germán Azcárraga Jiménez, Luis Leigue Suárez, Ambrosio García Rivera, Guillermo Fortún Suárez, Jaime Tapia Alipaz, Ramón Azero Sanzetenea, Alberto Natusch Busch, Raúl Lema Patiño, Roberto Capriles Gutiérrez, Juan Jaime Caballero Tamayo, Pereda Asbún, Mario Escobari Guerra.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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