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DECRETO SUPREMO Nº 10878
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, el Comando General del Ejército, tomando en cuenta la necesidad de orden prioritario, ha solicitado al Ministerio de Defensa Nacional la correspondiente autorización para la construcción de dos cuarteles destinados a las Unidades desplazadas en el “TOSO”, Guachalla y Colcha K, y la reparación de dos cuarteles de Corocoro y Curahuara de Sajama.

 

Que, el costo aproximado de cada cuartel S-500 está calculado en $b. 9.565.000.- haciendo un total de $b. 19.130.000.-, los mismos que deberán ser financiados de la siguiente forma:

 

El Comando General del Ejército con cargo a su presupuesto asignado le corresponderá los gastos de la construcción de cuarteles propiamente dichos, calculando en $b. 9.250.000.- que seran cubiertos con los remanentes de las gestiones financieras de 1971, 1972 y consignando el saldo en el presupuesto de 1973.

 

El Ministerio de Defensa Nacional se hará cargo de la construcción de viviendas funcionales, para los señores Jefes, Oficiales, Clases y Empleados de acuerdo a los planes aprobados, cuyo costo total es de $b. 9.880.000.-.

 

Que, existiendo remanentes no utilizados por el Comando General del Ejército, durante las gestiones de 1971 y 1972 corresponde autorizar el traspaso de una partida a otra legalizando de esta manera para la rendición de cuenta documentada.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1.- Autorízase al Comando General del Ejército, efectúe los siguientes traspasos:

 

Fondos entregados al Comando General del Ejército, DE LAS CUENTAS:

 

 

GESTION 1971

 

 

 

 

 

 

 

 

200

SERVICIOS NO PERSONALES

 

 

 

260

MANTENIMIENTO Y REPARACIONES

 

 

 

261

EDIFICIOS MILITARES

 

$b.

311.630.70

 

 

 

 

 

300

MATERIALES Y SUMINISTROS

 

 

 

320

SUMINISTROS GENERALES

 

 

 

321

Materiales para Limpieza y uso doméstico

 

 

 

 

1-a Utiles de Limpieza

 

 

 

 

Limpieza de Armamento

 

82.836.27

340

SUMINISTROS TECNICOS

 

 

 

342

Productos Farmacéuticos

 

363.759.75

 

 

 

 

 

400

ACTIVOS FIJOS Y FINANCIEROS

 

 

 

413

Construcción de Edificios

 

353.561.96

430

Maquinaria y Equipo

 

140.000.--

 

 

 

$b.

1.251.788.68

 

EMERGENCIA 1971

 

828.054.05

 

 

 

 

 

 

GESTION 1972

 

 

 

 

 

 

 

 

100

SERVICIOS PERSONALES

 

 

 

110

EMPLEADOS PERMANENTES

 

 

 

119

Otras Asignaciones y Sueldos

 

 

 

 

1-h Socorros

 

$b.

105.274.40

 

Socorros Econ. Colmil.

 

28.085.00

 

 

 

$b.

133.359.40

 

 

 

 

 

200

SERVICIOS NO PERSONALES

 

 

 

260

MANTENIMIENTO Y REPARACION

 

 

 

261

EDIFICIOS MILITARES

 

$b.

600.000.-

 

 

 

 

 

 

TOTAL GENERAL ………………………….

 

$b.

2.813.202.13

 

 

 

 

 

 

A LA CUENTA:

 

 

 

 

 

 

 

 

400

ACTIVOS FIJOS Y FINANCIEROS

 

 

 

410

INMOBILIARIOS

 

 

 

413

Construcción de Edificios Mil.

 

 

 

 

(Construcción de cinco cuarteles)

 

$b.

2.813.202.13

ARTÍCULO 2.- La suma global de $b. 2.813.202.13 del Artículo anterior, serán empleados por el Comando General del Ejército bajo el control y dirección de las siguientes reparticiones:

La construcción de los cuarteles, a cargo del Comando de Ingeniería.

 

El control administrativo efectuará, el Departamento V - Administrativo del Comando General del Ejército.

 

El asesoramiento técnico estará a cargo de la Dirección General de Planificación é Ingeniería del Ministerio de Defensa.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiun días del mes de mayo de mil novecientos setenta y tres años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Mario R. Gutiérrez Gutiérrez, Walter Castro Avendaño, Jaime Florentino Mendieta Vargas, Julio Prado Salmón, Germán Azcárraga Jiménez, Ambrosio García Rivera, Luis Leigue Suárez, Jaime Tapia Alipaz, Guillermo Fortún Suárez Alberto Natusch Busch, Ramón Azero Sanzetenea, Roberto Capriles Gutiérrez, Raúl Lema Patiño, Juan Pereda Asbún, Jaime Caballero Tamayo, Mario Escobari Guerra.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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