TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2025

Untitled Document

DECRETO SUPREMO Nº 10867

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, debido a la estrechez del mercado interno, algunas fábricas de Cemento no estan trabajando a su plena capacidad, siendo conveniente ampliar su ambito de mercado a través de medidas que permitan la exportación de este material de la construcción en condiciones competitivas;

 

Que, mediante Decreto Supremo Nº 10799 de fecha 6 de abril de 1973. se excluye pago del impuesto nacional del 15% exportación establecido mediante el inciso d) del Artículo 22° del Decreto Ley Nº 10550 de 27 de Octubre de 1972. a varios productos.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS Y CON DICTAMEN FAVORABLE DEL CONSEJO NACIONAL DE ECONOMIA Y PLANIFICACION,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Ampliase los alcances del Decreto Supremo Nº 10799 de 6 de Abril de 1973. a la exportación de Cemento de producción nacional.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y de Industria, Comercio y Turismo, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los catorce días del mes de mayo de mil novecientos setenta y tres años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Julio Prado Salmón, Juan Pereda Asbún, Guillermo Fortún Suárez, Roberto Capriles, Mario Escobari Guerra.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2021

|