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DECRETO SUPREMO Nº 10819

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, es deber del Estado rendir culto a la memoria de las personalidades de nuestra historia que han dado lustre a la nación y dejado a las generaciones actuales el ejemplo de sus señeras cualidades y virtudes.

 

Que, el insigne pensador y polígrafo Gabriel René Moreno aportó a la Cultura Boliviana a través de su obra histórica, sociológica y bibliográfica.

 

Que, en reconocimiento de sus sobresalientes virtudes ciudadanas, la Universidad Boliviana debe tributarle el presente año, un particular homenaje.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1.- Declárase Monumento Nacional la casa de la calle Ayacucho, Nº 181 al 189, de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, en la cual nació el ilustre escritor Gabriel René Moreno.

 

ARTÍCULO 2.- Dicho inmueble deberá conservar su arquitectura así como su fachada exterior, debiendo la Alcaldía Municipal de la ciudad de Santa Cruz con la participación del Comité de Obras Públicas, y la Universidad, velar por el cuidado y conservación del Monumento Nacional declarado.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Educación y Cultura, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecisiete días del mes de abril de mil novecientos setenta y tres años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Mario R. Gutiérrez Gutiérrez, Mario Adett Zamora Jaime Florentino Mendieta Vargas, Luis Bedregal Rodo, Julio Prado Salmón, Germán Azcárraga Jiménez, Ambrosio García Rivera, Carlos Valverde Barbery, Ciro Humboldt Barrero, José Gil Reyes, Roberto Capriles Gutiérrez, Raúl Lema Patiño, Héctor Ormachea Peñaranda, Guillermo Fortún Suárez, Guido Humérez Cabrera, Alfredo Arce Carpio, Carlos Iturralde Ballivian.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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