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DECRETO SUPREMO

DECRETO SUPREMO Nº 10782

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que por Decreto Supremo Nº 05141 de 30 de enero de 1959 se dispuso la expropiación de la casa y terrenos, pertenecientes a la Iglesia Catedral de la ciudad de Cochabamba, situados en la zona de Queru-Queru, manzana Nº 214 del radio urbano de dicha capital, con destino al establecimiento de un centro de adaptación para misioneros y de una escuela de auxiliares rurales a cargo de la Congregación de Misioneros Oblatos de María Inmaculada (canadienses) y del Instituto de Oblatos de María Inmaculada respectivamente;

 

Que, las comunidades religiosas beneficiadas, han desistido del propó ito de realizar las obras sociales para cuyo fin se dictó el Decreto de expropiación del inmueble antes citado, razón por la que no se cumplieron los trámites posteriores, correspondientes a tal expropiación; desapareciendo así la causa que dió origen a dicha disposición legal.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Se abroga el Decreto Supremo Nº 05141 de 31 de enero de 1959 por el que se declara de necesidad y utilidad públicas el inmueble situado en la manzana Nº 214 del radio urbano de la ciudad de Cochabamba, propio de la Iglesia Catedral de dicha capital; restituyéndosele a su patrimonio.

 

Los señores Ministros de Estado en las carteras de Relaciones Exteriores y Culto e Interior, quedan encargados del cumplimiento del presente Decreto.

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintitres días del mes de marzo de mil novecientos setenta y tres años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Mario R. Gutiérrez Gutiérrez, Mario Adett Zamora, Jaime Florentino Mendieta Vargas, Luis Bedregal Rodo, Julio Prado Salmón, Germán Azcárraga J., Ambrosio Garcia Rivera, Carlos Valverde Barbery, Jaime Tapia Alipaz, Ciro Humboldt Barrero, José Gil Reyes, Roberto Capriles Gutiérrez, Raúl Lema Patiño, Héctor Ormachea P. Guillermo Fortún Suárez, Alfredo Arce Carpio, Guido Humérez Cabrera, Alfredo Bocangel P. Ministro Secretario General a.i. de la Preisdencia de la República.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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