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DECRETO SUPREMO Nº 10756

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, mediante D.S. Nº 10641 de 15 de diciembre de 1972, se declara de necesidad y utilidad pública y social la expropiación de la superficie total de los terrenos urbanos de propiedad de los sucesores de Manuel Guerra C. en la extensión de 817.87 m2 y de Wálter Iturralde Ortíz y Nelly Iturralde de Alarcón en la extensión de 599.25 m2, ubicados en la calle Indaburo, esquina Colón de esta ciudad, con destino a la construcción de un edificio propio para la Contraloría General de la República, en el mismo que estará comprendido el Centro Nacional de Computación, cuyo financiamiento conjunto se halla previsto dentro del Plan de Emergencia de la Presidencia de la República;

 

Que, se ha omitido consignar a CENACO en los alcances de la merituada expropiación de terrenos en la superficie total indicada, corresponde complementar el citado Decreto Supremo, con otra disposición legal de la misma jerarquía jurídica.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1.- Compleméntase el D.S. Nº 10641 de 15 de diciembre de 1972, en sentido de que la expropiación de los terrenos cuyas superficies y ubicación se hallan especificados, se determina con destino a la construcción de edificio propio, para la Contraloría General de la República y el Centro Nacional de Computación.

 

ARTÍCULO 2.- Tanto la Contraloría General de la República como el Centro Nacional de Computación, quedan expresamente autorizados para ocupar inmediatamente los terrenos expropiados y proceder a la construcción de su edificio propio, sin perjuicio de los trámites de expropiación señalados en el Art. 2º del D.S. Nº 10641.

 

El señor Ministro de Finanzas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los un días del mes de marzo de mil novecientos setenta y tres años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Mario R. Gutiérrez Gutiérrez, Mario Adett Zamora, Jaime Florentino Mendieta Vargas, Luis Bedregal Rodo, Julio Prado Salmón, Germán Azcárraga Jiménez, Ambrosio García Rivera, Carlos Valverde Barbery, Jaime Tapia Alipaz, Ciro Humboldt Barrero, José Gil Reyes, Roberto Capriles Gutiérrez, Raúl Lema Patiño, Héctor Ormachea Peñaranda, Guillermo Fortún Suárez, Alfredo Arce Carpio, Guido Humerez Cabrera, Carlos Iturralde Ballivian.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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