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DECRETO SUPREMO N° 10683

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, mediante D.S. Nº 10605 de 24 de noviembre de 1972, se creó la Institución Pública, “Alimentos para el Desarrollo’, encargada de administrar todo el programa mundial de alimentos;

 

Que, en el Presupuesto de la gestión 1972 no se llegó a apropiar los fondos para su financiamiento, habiéndose dejado de pagar al personal el haber correspondiente al mes de diciembre y aguinaldo de 1972.

 

Que, el Departamento de Programación del Ministerio de Finanzas, da su conformidad al Proyecto de Presupuesto.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Se autoriza al Tesoro General de la Nación cancelar la suma de $b.- 28.636.- en favor de los funcionarios de la Institución Pública “Alimentos para el Desarrollo”, por concepto de pago de haberes correspondientes al mes de diciembre y aguinaldo de 1972, previa presentación de planillas y por las vías normales de pago, con cargo a la partida 291 Asignaciones Globales de la Presidencia de la República, gestión fiscal de 1973, previos los descuentos de Ley.

 

El señor Ministro en la cartera de Finanzas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticinco días del mes de enero de mil novecientos setenta y tres años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Mario R. Gutiérrez Gutiérrez, Mario Adett Zamora, Jaime Florentino Mendieta Vargas, Luis Bedregal Rodo, Julio Prado Salmón, Germán Azcárraga Jiménez, Ambrosio García Rivera, Carlos Valverde Barbery, Jaime Tapia Alipaz, Ciro Humboldt Barrero, José Gil Reyes, Roberto Capriles Gutiérrez, Raúl Lema Patiño, Héctor Ormachea Peñaranda, Guillermo Fortún Suárez, Alfredo Arce Carpio, Guido Humerez Cabrera, Carlos Iturralde Ballivian.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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