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DECRETO SUPREMO N° 17939

GRAL. DIV. LUIS GARCIA MEZA TEJADA

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Comando General del Ejército con Minuta de Instrucción No 375/80 de fecha 19 de diciembre de 1980, solicita la cancelación de $b. 4'717.500.oo en favor de la Firma REPRESENTACIONES Y CONFECCIONES “MARIANA”, por concepto de reintegro por devaluación del 25 o/o correspondiente a las Facturas 000030, 000033, 000027, 000029 y 000056, de conformidad al Contrato firmado entre la Firma MARIANA y el citado Comando.

 

Que de acuerdo con la documentación adjunta, es necesario dictar la disposición legal respectiva que autorice el pago solicitado por ser de justicia.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Autorizar a la Pagaduría Central de las Fuerzas Armadas, cancele a favor de la Firma REPRESENTACIONES Y CONFECCIONES “MARIANA”, la suma de CUATRO MILLONES SETECIENTOS DIEZ Y SIETE MIL QUINIENTOS oo/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 4'717.500.00), que corresponde al 25 o/o de las Facturas que fueron tramitadas sin contemplar dicho incremento por devaluación monetaria y de acuerdo con el Contrato firmado entre el Comando General del Ejército y la Firma MARIANA.

 

Esta erogación deberá ser cargada a la Cuenta: 300 MATERIALES Y SUMINISTROS; 320 PARA USOS VARIOS; 322 Vestuarios y Textiles, del Presupuesto del Ejército de la gestión financiera 1980.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y de Defensa Nacional, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz a los doce días del mes de Enero de mil novecientos ochenta años.

 

FDO. GRAL. LUIS GARCIA MEZA TEJADA, Waldo Bernal Pereira, Ramiro Terrazas Rodríguez, Javier Cerruto Calderon de la Barca, Luís Arce Gomez, Armando Reyes Villa, Oscar Larraín Frontanilla, José Sanchez Calderón, Ariel Coca Aguirre, René Guzman Fortun, Mario Guzman Moreno, Augusto Calderón Miranda, Carlos Morales Nuñez del Prado, Julio Molina Suarez, Líder Sossa Salazar, Avelino Rivero Parada, Arturo Veizaga Barrón, Mario Escobari Guerra, Francisco Mariaca Salas.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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