DECRETO SUPREMO N° 17911
GRAL. DIV. LUIS GARCIA MEZA TEJADA
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que el Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios solicita la aprobación de un Presupuesto adicional por la suma de $b. 10.994.000.- -con recursos provenientes de la Junta del Acuerdo de Cartagena (JUNAC) por $b. 515.000.- -, debido a la reprogramación de ítems aprobada por la VII Reunión del Comité Técnico Andino de la Roya de Cafeto y de P. L. 480, por la suma de $b. 10.479.000.--, a fín de cubrir el elevado costo de la ejecución del Proyecto 07 Control Fitosanitario, para alcanzar las metas forzadas en la presente gestión fiscal.
Que la Dirección General de Presupuesto dependiente del Ministerio de Finanzas, en uso de sus específicas atribuciones, ha informado favorablemente por esta solicitud, haciéndose viable la procedencia de este requerimiento.
Que es deber del Supremo Gobierno velar por la ejecución del referido Proyecto.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Presupuesto Adicional del Ministerio Asuntos Campesinos y Agropecuario por la suma de DIEZ MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 10.994,000.--) con cargo. a recursos provenientes de la Junta del Acuerdo de Cartagena y P. L. 480, para cumplir con las metas trazadas para la ejecución del Proyecto 07 "Control Fitosanitario" en la presente gestión fiscal y de acuerdo al siguiente detalle:
ORGANISMO :
CAPITULO II :
PROGRAMA 02:
PROYECTO 07:
MINISTERIO DE ASUNTOS CAMPESINOS Y AGROPECUARIOS
INVERSION
ESTUDIOS, ADMINISTRACION Y EJECUCION DE PROYECTOS AGROPECUARIOS
CONTROL FITOSANITARIO
I N G R E S O S
(En Pesos Bolivianos)
Financiamiento por Origen de los Recursos:
CODIGO
FUENTE
PRESUPUESTO
ADICIONAL -1980
II EXTERNOS
10.994.000.--
7.-
Otros
10.004.000.--
JUNAC
515.000.--
P. L. 400
10.479.000.--
------------------
T o t a l :
10.994.000.--
E G R E S O S
(En Pesos Bolivianos)
Clasificación por Objeto del Gasto:
CODIGO
DESCRIPCION
PRESUPUESTO ADICIONAL
1980
100
120.7
203
210
211.7
214.7
220
222.7
223.7
225.7
250
251.7
256
261.7
262.7
300
320
325.7
326.7
327.7
328.7
400
420.7
430
431.7
433.7
434.7
435.7
SERVICIOS PERSONALES
Empleados No Permanentes
SERVICIOS NO PERSONALES
Servicios Básicos
Comunicaciones
Imprenta
Servicios de Transporte y Seguros
Viáticos
Fletes y Almacenamiento
Seguros
Servicios Profesionales y Comerciales
Médicos, Sanitarios y Sociales
Otros Servicios No Personales
Tributos y Otros Gravámenes
Asignaciones Globales
MATERIALES Y SUMINISTROS
Para Usos Varios
Lubricantes y Combustibles
Médicos, Farmacéuticos, Químicos
y de Laboratorio
Construcción y Edificación
Accesorios, Repuestos y Herramientas
Menores
ACTIVOS FIJOS Y FINANCIEROS
Construcciones, Reformas é Instalaciones
Maquinaría y Equipo
Equipo de Oficina y Muebles
Equipo de Transporte, Tracción y Elevación
Equipo Médico y de Laboratorio
Equipo de Comunicaciones
T o t a l :
161.000.--
161.000.--
3.087.000.--
35.000.--
5.000.--
30.000.- -
770.000.--
120.000.--
450.000.--
200.000.--
2.000.--
2.000.--
2.280.000.--
2.250.000.--
30.000.--
363.300.--
363.300.--
157.800.--
165.000.--
3.000.--
37.500.--
7.382.700.--
1.643.700.--
5.730.000.--
300.000,--
500.000.--
4.918.000.--
21.000.--
-----------------------
10.994.000.--
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y Asuntos Campesinos y Agropecuarios, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los ocho días del mes de enero de mil novecientos ochenta y un años.
FDO. GRAL. LUIS GARCIA MEZA TEJADA, Javier Cerruto Calderon de la Barca, Waldo Bernal Pereira, Luís Arce Gomez, Armando Reyes Villa, Oscar Larraín Frontanilla, José Sanchez Calderon, Ariel Coca Aguirre, René Guzrmán Fortun, Mario Guzman Moreno, Augusto Calderón Miranda, Carlos Morales Nuñez del Prado, Julio Molina Suarez, Líder Sossa Salazar, Avelino Rivero Parada, Arturo Veizaga Barron, Mario Escobari Guerra, Francisco Mariaca Salas.