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DECRETO SUPREMO N° 17883

GRAL. DIV. LUIS GARCIA MEZA TEJADA

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que las distintas reparticiones dependientes del Comando General del Ejército, requieren para el cumplimiento de sus especificas funciones, proceder a la reposición gradual de todos aquellos vehículos livianos que se encuentran en estado de deterioro, que por su antiguedad de modelo y sus sucesivos reacondicionamientos, ocasionan considerables gastos por concepto de repuestos y mantenimiento en general.

 

Que en vista a las restricciones del gasto público, corresponde al Supremo Gobierno atender los requerimientos de las Fuerzas Armadas de la Nación, caso del Comando General del Ejército, en forma gradual y en la medida en que lo permitan las condiciones económico - financieras del país, través de la extensión de Nota de Crédito, a fin de evitar la utilización de recursos actualmente disponibles y de recaudación consolidada, que obviamente serán objeto de programación presupuestaria en la presente gestión fiscal conforme a los superiores intereses del Estado.

 

Que al fin indicado se hace necesario autorizar al Ministerio de Finanzas el otorgamiento de la correspondiente Nota de Crédito con cargo a futuras recaudaciones, para la adquisición de 2 (Dos) unidades automóviles “Toyota” Crown Super Saloon modelo MS112LSEMGS, 2 (Dos) unidades vagonetas “Toyota” Land Cruiser Station Wagon modelo FJ60LVKC y 16 (Diez y seis) unidades Land Cruiser “Toyota” Hard Top modelo FJ40LVKC, en favor de la firma proveedora TOYOTA BOLIVIANA LIMITADA, autorizando además al Comando General del Ejército suscribir el respectivo contrato para su importación con expresa liberación de derechos arancelarios é impuestos nacionales, departamentales y otros.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

 

ARTÍCULO PRIMERO.- Autorízase al Comando General del Ejército, adquirir por compra directa de la firma TOYOTA BOLIVIANA LIMITADA, 2 (Dos) unidades automóviles Crown Super Saloon modelo MS112LSEMGS, 2 (Dos) unidades vagonetas Land Cruiser Station Wagon modelo FJ60LVKC y 16 (Diez y seis) unidades Land Cruiser Hard Top modelo FJ40LVKC, todos marca “TOYOTA”, con destino a sus distintas reparticiones, por el precio total de $b. 6.273.720.oo (SEIS MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y TRES MIL SETECIENTOS VEINTE 00/100 PESOS BOLIVIANOS), equivalente a $us. 251.200.oo (DOSCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL DOSCIENTOS 00/100 DOLARES AMERICANOS), pagaderos mediante Nota de Crédito, con cargo a Impuestos de Aduana de dicha firma, por igual valor.

 

ARTÍCULO SEGUNDO.- Autorízase al Ministerio de Finanzas, extender la referida Nota de Crédito mediante Resolución Ministerial por la suma de $bs. 6.273.720.oo (SEIS MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y TRES MIL SETECIENTOS VEINTE 00/100 PESOS BOLIVIANOS).

 

ARTÍCULO TERCERO.- El señor Gral. Div. Comandante General del
Ejército, queda autorizado para suscribir el respectivo Contrato con la firma proveedora, bajo la anterior condición de pago, aditando las demás cláusulas de seguridad, con intervención del señor Contralor General de la República y Fiscal de Gobierno.

 

ARTÍCULO CUARTO.- La importación de los vehículos, materia de la presente adquisición, gozarán de la liberación total de derechos arancelarios é impuestos nacionales, departamentales, municipal, gravámenes aduaneros, Renta Interna, fabril, universitario, tasas, el 10 o/o de timbres sobre el monto liberado, servicios prestados acumulados y el 0.5 o/o tributable a A. A. D. A. A., conforme el D. S. No 17397 de 14/05/80.

 

Los señores Ministros de Estado, en los Despachos de Defensa Nacional y de Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de diciembre de mil novecientos ochenta años.

 

FDO. GRAL. LUIS GARCIA MEZA TEJADA, Waldo Bernal Pereira, Javier Cerruto Calderón de la Barca, Luís Arce Gomez, Armando Reyes Villa, Oscar Larraín Frontanilla, José Sanchez Calderón, Ariel Coca Aguirre, René Guzmán Fortún, Mario Guzmán Moreno, Augusto Calderón Miranda, Carlos Morales Nuñez del Prado, Julio Molina Suarez, Líder Sossa Salazar, Avelino Rivero Parada, Arturo Veizaga Barrón, Mario Escobari Guerra, Francisco Mariaca Salas.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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