DECRETO SUPREMO N° 17874
GRAL. DIV. LUIS GARCIA MEZA TEJADA
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que la Empresa Siderúrgica Boliviana S. A. solicita autorización para efectuar traspaso de fondos, con el objeto de regularizar su ejecución presupuestaria al cierre de la gestión fiscal 1979, y reforzar partidas agotadas en los Grupos 100 Servicios Personales, 200 Servicios No Personales y 300 Materiales y Suministros en el Capítulo de Funcionamiento;
Que el Capítulo VII, Artículos 21 y siguientes del D. L. No 16155 de fecha lo de febrero de 1979 adecúan el procedimiento a seguir en el tratamiento de traspasos de fondos que solicitan los diversos organismos dependientes del Gobierno, a través del Ministerio de Finanzas;
Que la Dirección General de Presupuestos del Ministerio de Finanzas, en uso de sus específicas atribuciones ha informado favorablemente, haciendo viable la procedencia del traspaso solicitado.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Autorizar a la Empresa Siderúrgica Boliviana S. A. para que dentro su presupuesto de la gestión fiscal 1979, realice el traspaso de fondos por la suma de UN MILLON CUATROCIENTOS TREINTA MIL 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 1.430.000- -), con cargo a recursos de Ingresos de Operación y saldo de crédito externo, de acuerdo al siguiente detalle:
ORGANISMO I: EMPRESA SIDERURGICA BOLIVIANA S. A. “SIDERSA”
CAPITULO I: FUNCIONAMIENTO
GESTION : 1979
PROGRAMA 01: APOYO ADMINISTRATIVO GENERAL
RECURSOS : SALDO CREDITO BRASILERO
DE:
500
510
514.6
400
430
432.2
DEUDA PUBLICA
Interna
Créditos Reconocidos
PROGRAMA 02: OPERACION
RECURSOS: INGRESOS DE OPERACION
ACTIVOS FIJOS Y FINANCIEROS
Maquinaria y Equipo
Maquinaria y Equipo de Producción
T o t a l :
680.000.--
680.000.--
680.000.--
750.000.--
750.000.--
750.000.--
1.430.000.--
PROGRAMA 01: APOYO ADMINISTRACION GENERAL
A:
100
130
131.6
200
210
214.6
220
222.6
225.6
230
231.6
240
241.6
250
253.6
260
262.6
263.6
300
310
311.2
320
325.2
328.2
SERVICIOS PERSONALES
Previsión Social
Aporte Patronal al Seguro Social
(A SIDERSA por delegación de la C. N. S. S.)
SERVICIOS NO PERSONALES
Servicios Básicos
Imprenta
Servicios de Transportes y Seguros
Viáticos
Seguros
Alquileres
Edificios y Terrenos
Mantenimiento y Reparaciones
Edificios y Equipos
Servicios Profesionales y Comerciales
Comisiones y Gastos Bancarios
Otros Servicios No Personales
Asignaciones Globales
Otros Servicios No Personales
MATERIALES Y SUMINISTROS
Para Oficina
Papelería y Suministros Varios
Para Usos Varios
Lubricantes y Combustibles
Accesorios, Repuestos y Herramientas Menores
T o t a l:
375.000.--
375.000.--
375.000.--
375.000.--
15.000.--
15.000.--
81.000.--
66.000.--
15.000.--
20.000.--
20.000.--
15.000.--
15.000.--
4.000.--
4.000.--
170.000.--
15.000.--
155.000.--
750.000.--
34.000.--
34.000.--
716.000.--
216.000.--
500.000.--
1.430.000.--
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y Minería y Metalurgia, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de diciembre de mil novecientos ochenta años.
FDO. GRAL. LUIS GARCIA MEZA TEJADA, Waldo Bernal Pereira, Javier Cerruto Calderón de la Barca, Luís Arce Gómez, Armando Reyes Villa, Oscar Larraín Frontanilla, José Sánchez Calderón Ariel Coca Aguirre, René Fortún, Mario Guzmán Moreno, Augusto Calderón Miranda, Carlos Morales Nuñez del Prado, Julio Molina Suárez, Líder Sossa Salazar, Avelino Rivero Parada, Arturo Veizaga Barrón, Mario Escobari Guerra, Francisco Mariaca Salas.