TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2025

Untitled Document

DECRETO SUPREMO N°17837

GRAL. DIV. LUIS GARCIA MEZA TEJADA

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Junta de Licitaciones de la Caja Petrolera de Seguro Social, en sus reuniones de fecha 21 de marzo, 24 de junio y 15 de agosto de 1980, adjudicó la provisión de productos farmaceuticos, materiales de curación y cirugia de fabricación nacional (convocatoria 2/79); en sus reuniones de 30 de mayo y 5 de septiembre de 1980, adjudicó el suministro de productos farmacéuticos y materiales de curación y cirugia de importación directa (convocatoria 3/79), con destino al abastecimiento de los servicios médicos de la Caja por el periodo de un año.

 

Que el Instituto Boliviano de Seguridad Social, en uso de las facultades que le confiere el Decreto Ley No 10776 de 23 de marzo de 1973, ha emitido dictamen favorable con referencia a la adquisición de dichos productos y materiales; corresponde por tanto aprobar las compras en observancia de lo previsto por el Artículo 65, inciso c) del Decreto Ley No 15223 de 30 de diciembre de 1977.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1.- Apruébanse las adjudicaciones dispuestas por la Junta de Licitaciones de la Caja Petrolera de Seguridad Social, de los productos farmacéuticos, materiales de curación y cirugía de fabricación nacional, cuyos Códigos se especifican en las respectivas actas en favor de las firmas industriales y comerciales por los montos que a continuación se detallan:

 

ALBUS......................................

BAYER........................ ………

COBANA..................................

COFAR....................................

ESTER.....................................

ETIPHARMA..........................

HOESCHST.............................

IMFABOL...............................

INTI ......................................

MINERVA..............................

ROCHE...................................

SIGMA....................................

VITA.......................................

 

TOTAL

$b.

$b.

$b.

$b.

$b.

$b.

$b.

$b.

$b.

$b.

$b.

$b.

$b.

 

$b.

1.028.800.- -521.400.- -200.000.- -386.752.- -101.500.- -1.814.750.- -453.850.- -1.396.650.- -1.666.343.- -222.100.- -961.503.50 3.506.240.- -1.591.550.- -

_______________

13.851.438.50

 

ARTÍCULO 2.- Apruébanse las adjudicaciones dispuestas por la Junta de Licitaciones de la Caja Petrolera de Seguridad Social de los productos farmacéuticos, materiales de curación y cirugía de importación directa, cuyos Códigos se especifican en las respectivas actas, en favor de las firmas comerciales importadoras y por los montos totales que se detallan:

 

ABENDROTH....................... ………

$b.

1.801.426.20

BAYER BOLIVIANA S. A. ..............

$b.

355.500.- -

BOLIVIAN DRUG S. A. .................

$b.

973.459.05

COBANA.............................................

$b.

1.064.631.27

COMERSA LTDA...................... ……

$b.

1.833.282.78

ESTER............................................... .

$b.

189.500.- -

FARMACA..........................................

$b.

2.153.592.71

GEDESA ...........................................

$b.

180.477.13

GRACE...............................................

$b.

26.902.50

GRAMON............................................

$b.

262.104.- -

HANSA..............................................

$b.

1.022.928.37

HOECHST..........................................

$b.

279.842.47

IMEXCOM.........................................

$b.

408.310.95

INTI ....................................................

$b.

563.353.13

KODENTAL........................................

$b.

142.148.06

MANUFACTURE ' S .................…...

$b.

312.250.01

ORSUD............................. …………

$b.

85.626.41

ROCHE............................. ………….

$b.

483.759.69

SACI....................................................

$b.

126.912.37

SCHERING BOLIVIANA.................

$b.

937.028.71

SIGMA.................................................

$b.

12.500.- -

SOCOMAN..........................................

$b.

1.313.847.61

VITA....................................................

$b.

154.500.- -

ZETA.....................................................

$b.

1937.153.12

 

T O T A L............................

$b.

16.621.036.54

 

ARTÍCULO 3.- Autorízase a los ejecutivos de la Caja Petrolera de Seguro Social, suscribir los respectivos contratos de compra, con intervención de las autoridades llamadas por Ley.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Previsión social y Salud Pública, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los tres días del mes de diciembre de mil novecientos ochenta años.

 

FDO. GRAL. LUIS GARCIA MEZA TEJADA, Waldo Bernal Pereira, Javier Cerruto Calderón de la Barca, Luís Arce Gómez, Armando Reyes Villa, Oscar Larraín Frontanilla, José Sánchez Calderón, Ariel Coca Aguirre, René Guzmán Fortún, Mario Guzmán Moreno, Augusto Calderón Miranda, Carlos Morales Nuñez del Prado, Julio Molina Suárez, Líder Sossa Salazar, Avelino Rivero Parada, Arturo Veizaga Barrón, Mario Escobari Guerra, Francisco Mariaca Salas.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2021

|