DECRETO SUPREMO N° 17798
GRAL. DIV. LUIS GARCIA MEZA TEJADA
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Supremo No 17235 se encomendó al Banco Central de Bolivia gestionar la renegociación y en su caso el refinanciamiento de la deuda pública externa del país con objeto de conseguir ampliaciones de plazo y condiciones financieras favorables, compatibles con las posibilidades de las entidades deudoras del Sector Público y la situación y proyección de la balanza de pagos:
Que en cumplimiento de dicha disposición legal se ha concluído la primera fase de negociación, habiéndose suscrito el Contrato de Diferimiento de Pagos de las obligaciones de corto plazo con los banqueros acreedores, represenados por el Bank of América National Trust and Saving Association, como Agente Coordinador, el 29 de agosto pasado, con vigencia al 5 de enero próximo;
Que para ingresar a la segunda fase de negociación que podrá concretarse en un refinanciamiento de la deuda pública externa, es preciso contar a la brevedad posible con un asesoramiento adecuado, tanto en la parte financiera como jurídica, de una firma de reconocido prestigio internacional que permita llegar a fijar condiciones ventajosas para nuestro país.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO.- Considerando la naturaleza del contrato y por vía de excepción, se autoriza al Banco Central de Bolivia invitar de inmediato en forma directa, a no menos de tres firmas consultoras extranjeras para que actué una de ellas como Consejera Financiera en el refinanciamiento y/o restructuración de la deuda pública externa pendiente con los bancos comerciales internacionales, debiendo proceder a la selección de la propuesta más conveniente a los intereses del Estado y consiguiente suscripción del contrato, sin ningún trámite previo, bajo las condiciones previamente establecidas entre partes.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Si las circunstancias así lo exigen, se autoriza igualmente al Banco Central de Bolivia contratar los Servicios de una Consultora jurídica extranjera para igual efecto.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Finanzas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecinueve días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta años.
FDO. GRAL. LUIS GARCIA MEZA TEJADA, Waldo Bernal Pereira, Javier Cerruto Calderón de la Barca, Luís Arce Goméz, Armando Reyes Villa, Oscar Larraín Frontanilla, José Sánchez Calderón, Ariel Coca Aguirre, René Guzmán Fortún, Mario Guzmán Moreno, Augusto Calderón Miranda, Carlos Morales Nuñez del Prado, Julio Molina Suárez, Líder Sossa Salazar, Avelino Rivero Parada, Mario Escobari Guerra, Francisco Mariaca Salas.