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DECRETO SUPREMO Nº 06139

VICTOR PAZ ESTENSSORO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que Bolivia mantiene relaciones diplomáticas con un gran número de países en el mundo;

 

Que la Soberana Orden Militar de Malta tiene los atributos inherentes a todo sujeto de Derecho Internacional Público y mantiene relaciones diplomáticas con varios Estados;

 

Que la Soberana Orden Militar de Malta goza de autonomía en su régimen interno y en sus relaciones exteriores;

 

Que las características anotadas le hacen acreedora a ser considerada a la Soberana Orden Militar de Malta como persona o sujeto de Derecho Internacional Público;

 

Que las obras de beneficencia y asistencia social que desarrolla dicha Orden tienen proyecciones internacionales y pueden ser de positivo beneficio general.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1.- Reconócese a la Soberana Orden Militar de Malta, con sede en Roma, Italia, como Entidad Internacional Independiente.

 

ARTÍCULO 2.- Se reconoce como autoridad de la Soberana Orden Militar de Malta a Su Alteza Eminentísima el Gran Maestre de la Orden.

 

ARTÍCULO 3.- Establécense relaciones diplomáticas entre la República de Bolivia y la Soberana Orden Militar de Malta.

 

El Ministro de Estado en la Cartera de Relaciones Exteriores y Culto, queda encargado de la ejecución y cumplimiento de este Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz a los quince días del mes de junio de mil novecientos sesenta y dos años.

 

FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, J. Fellman V., J. L. Gutiérrez Granier, J. Antonio Arze, A. Cuadros S., F. Ayala R., G. Jáuregui G., S. Cuentas C., A. Franco Guachalla, R. Pérez A.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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