DECRETO SUPREMO Nº 17736
GRAL. DIV. LUIS GARCIA MEZA TEJADA
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que el Ministerio de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil, por intermedio de la Dirección General de Correos, ha convocado a Licitación Pública para la provisión, suministro y montaje de ascensores con destino al edificio de Comunicaciones de la ciudad de La Paz; Licitaciones que en dos oportunidades fueron declaradas desiertas por razones de orden técnico y económico;
Que la H. Junta de Licitaciones de Comunicaciones (Sector Correos) en reunión de fecha 18 de marzo de 1980 autoriza a la Dirección General de Correos, convoque a una nueva Licitación en la modalidad Concurso por invitación dispuesta por los artículos 77 y siguientes del D.L. No 15223 de 30 de diciembre de 1977;
Que cumplidos los trámites legales, la Comisión Calificadora presentó su respectivo informe en fecha 30 de junio de 1980 a la H. Junta de Licitaciones, la que en reunión de fecha 8 de julio, la aprobó por unanimidad adjudicando la provisión, suministro y montaje de ascensores para el edificio de Comunicaciones en la ciudad de La Paz, en favor de la firma KALIFRA LTDA.;
Que de conformidad con el artículo 65 de la Ley de Adquisiciones para el Sector Público, es necesario dictar disposición aprobatoria.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Aprobar la adjudicación efectuada por la H. Junta de Licitaciones del Ministerio de Transportes Comunicaciones y Aeronáutica Civil, en su reunión de fecha 8 de julio de 1980, en favor de la firma KALIFRA LTDA., para la provisión, suministro y montaje de siete (7) ascensores y 1 montacarga, por la suma total de Sfr. 1.591.349.50 más $us. 42.500.oo equivalente a $b. 24.864.982.84 (VEINTICUATRO MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y DOS 84/100 PESOS BOLIVIANOS).
ARTÍCULO 2.- Libérase del pago de derechos arancelarios, pago de impuestos nacionales, departamentales, municipales, universitarios, como de servicios prestados, a los equipos y accesorios a que se refiere el artículo anterior.
ARTÍCULO 3.- El señor Ministro de Transportes, Comunicaciones y Aeronautica Civil y Director General de Correos, con la intervención del señor Fiscal de Gobierno, suscribirá el Contrato respectivo con la firma adjudicataria en representación del Estado, debiendo refrendar el mismo, el señor Fiscal de Gobierno, suscribirá el Contrato respectivo con la firma adjudicataria en representación del Estado, debiendo refrendar el mismo, el señor Contralor General de la República.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil y de Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintidos días del mes de octubre de mil novecientos ochenta años.
FDO. GRAL. LUIS GARCIA MEZA TEJADA, Waldo Barnal Pereira, Javier Cerruto Calderón de la Barca, Luís Arce Gómez, Armando Reyes Villa, Oscar Larraín Frontanilla, José Sánchez Calderón, Ariel Coca Aguirre, René Guzmán Fortún, Mario Guzmán Moreno, Augusto Calderón Miranda, Carlos Morales Nuñez del Prado, Julio Molina Suárez, Líder Sossa Salazar, Avelino Rivero Parada, Arturo Veizaga Barrón, Mario Escobari Guerra, Francisco Mariaca Salas.