DECRETO LEY Nº 17677
GRAL. DIV. LUIS GARCIA MEZA TEJADA
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que la Empresa Nacional de Ferrocarriles ha solicitado autorización para proceder a la transferencia de lotes ubicados en el Patio Norte de Oruro, de propiedad de la Empresa, en favor de los trabajadores ferroviarios agrupados en la Cooperativa de Vivienda Ferroviaria “Ing. Carlos Azurduy”:
Que según el Informe Técnico de ENFE, dicha área no es necesaria para ninguna operación ferroviaria ni afecta a sus instalaciones;
Que la superficie de 187.023.50 mts2 construirán sus viviendas 470 familias de trabajadores, tal como se evidencia por el plano levantado por el Plan Regulador de CORDEOR, con aprobación de la H. Municipalidad de Oruro;
Que no estando en funcionamiento el Poder Legislativo y habiendo asumido la totalidad del Poder el Gobierno de Reconstrucción Nacional de las Fuerzas Armadas, el Poder Ejecutivo actual en uso de la atribución 7ª. del Art. 59 de la Constitución Política del Estado, puede autorizar la transferencia a título oneroso de estos terrenos de propiedad de la Empresa Nacional de Ferrocarriles, teniendo en especial consideración que con esta operación se solucionará el problema de vivienda propia para centenares de familias de condición humilde y empobrecida ;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- En uso de la facultad señalada por el inc. 7o del Art. 59 de la Constitución Política del Estado, se autoriza a la Empresa Nacional de Ferrocarriles la transferencia a título oneroso de terrenos libre de su propiedad, ubicados en el sector Patio Norte de Oruro, en la extensión de Ciento Ochenta y Siete Mil Cero Veintitres 50/100 metros cuadrados (187.023.50 mts2) en favor de la COOPERATIVA DE VIVIENDA FERROVIARIA “ING. CARLOS AZURDUY”.
ARTÍCULO 2.- Tratándose de una transferencia que tiene el carácter de ayuda social a los trabajadores de ENFE, se fija el precio de venta de estos terrenos, en la suma de Cincuenta Pesos Bolivianos ($b. 50.-) por metro cuadrado, precio que será cancelado por la Cooperativa o los futuros beneficiarios. Estos fondos serán destinados por la Empresa Nacional de ferrocarriles a sus planes de operación.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Trasportes, Comunicaciones, y Aeronáutica Civil y de Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Ley.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los siete días del mes de octubre de mil novecientos ochenta años.
FDO. GRAL. LUIS GARCIA MEZA TEJADA, Javier Cerruto Calderón de la Barca, Luis Arce Gomez, Arturo Veizaga Barron, Oscar Larrain Frontanilla, José Sanchez Calderón, Ariel Coca Aguirre, René Guzmán Fortún, Mario Guzmán Moreno, Augusto Calderón Miranda, Carlos Morales Núñez del Prado, Julio Molina Suárez, Líder Sossa Salazar, Avelino Rivero Parada, Mario Escobari Guerra, Francisco Mariaca Salas.