TEXTO DE CONSULTA
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DECRETO LEY Nº 16295

DECRETO SUPREMO Nº 16311

GRAL. DIV. DAVID PADILLA ARANCIBIA

PRESIDENTE DE LA H. JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

 

CONSIDERANDO:

 

Que, la H. Alcaldía Municipal de Guayaramerín, Departamento del Beni, ha presentado Proyecto de Ordenanza de Patentes é Impuestos Municipales para la gestión de 1979, a consideración del Consejo Nacional de Economía y Planificación.

 

Que los organismos competentes de los Ministerios de Finanzas, Planeamiento y Coordinación, han efectuado un estudio del proyecto, encontrandolo adecuado a la Ley y las intensiones que se tienen impartidas para su elaboración.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1.- Apruébase la Ordenanza de Patentes é impuestos Nº 1 de 30 de enero de 1970, de la H. Alcaldía Municipal de Guayaramerín, Departamento del Beni, para la gestión 1979, en sus siguientes 133 Item.

 

ARTÍCULO 2.- Los impuestos y patentes porcentuales de la presente Ordenanza, no afecta al Comercio en tránsito, ni al de exportación.

 

ARTÍCULO 3.- La aprobación de esta Ordenanza no afecta, a las estipulaciones liberatorias de los tratados internacionales vigentes.

 

ARTÍCULO 4.- Para los diferentes trámites administrativos, técnicos y de tributación la Municipalidad emitirá formularios especiales.

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Interior y Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintinueve días del mes de marzo de mil novecientos setenta y nueve años.

 

FDO. GRAL. DAVID PADILLA ARANCIBIA, Raúl López Leytón, Hugo Céspedes Espinoza, Wenceslao Alba Quiróz, José Olvis Arias, Juan Muñoz Revollo, Hermes Fellmán Forteza, Félix Villarroel Terán, Mario Candia Navarro, Luis Rivera Palacios, Norberto Salomón Soria, Abel Elías Saínz.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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