TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2025

Untitled Document


DECRETO SUPREMO N° 4746

 

HERNAN SILES ZUAZO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, por Decreto Supremo N° 4688 de 18 de julio del año en curso, se han asignado nuevos porcentajes sobre el haber básico, para las diferentes categorías de maestros y personal administrativo del ramo de Educación, a partir de julio de la presente gestión;

 

Que corresponde incluir dentro de las disposiciones del Decreto Supremo mencionado a los maestros y personal administrativo de Educación Fundamental, atendiendo a la igualdad de funciones que ejercen en el servicio de educación pública.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

Artículo 1°— Los beneficios acordados por el Decreto Supremo de 18 de julio de 1957 en favor de los maestros y personal administrativo del ramo de Educación, para recompensar sus años de servicios, se hacen extensivos a los maestros y personal administrativo del servicio de Educación Fundamental, dependiente del Ministerio de Asuntos Campesinos.

 

Artículo 2°— La erogación que demande la ampliación del beneficio mencionado dispuesto por el presente Decreto, se imputará al Capítulo de Obligaciones del Estado del Presupuesto Nacional vigente, a partir del 1° de julio del año en curso.

 

Los señores Ministros de Asuntos Campesinos, Hacienda y Estadística, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de septiembre de mil novecientos cincuenta y siete años.

 

(Fdo.) HERNAN SILES ZUAZO.— V. Alvarez Plata.— H. Moreno Córdova.— F. Diez de Medina.— Jorge Tamayo R.— Ramón Claure C.— Gabriel Arze Q.— E. Sandoval Morón.— Abel Ayoroa A.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2021

|