DECRETO SUPREMO Nº 16184
GRAL. DIV. DAVID PADILLA ARANCIBIA
PRESIDENTE DE LA HONORABLE JUNTA MILITAR DE GOBIERNO
CONSIDERANDO:
Que, para proseguir con el proceso electoral dispuesto por la Honorable Junta Militar de Gobierno que debe culminar con elecciones generales el 1º de julio próximo, corresponde constituir las Cortes Departamentales Electorales conforme establece el Artículo 25º de la Ley Electoral vigente;
Que, por no encontrarse en funciones el Poder Legislativo, los Vocales titular y suplente representantes de dicho Poder, serán elegidos por el Presidente de la República, en Consejo de Ministros, a fin de que estos organismos electorales estén integrados por el número de miembros que establece la disposición legal anteriormente referida.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Constitúyese las Cortes Departamentales Electorales en los diferentes Distritos de la República en la siguiente forma:
CHUQUISACA
Por el Poder Legislativo, ciudadanos:
Vocal Titular y Presidente:
Enrique Loayza
Suplente:
Antonio Gutiérrez
Por el Poder Ejecutivo:
Titular
Luis Morales Orozco
Suplente:
José Barrero
Por el Poder Judicial:
Titular
Julio Urquizo G.
Suplente
Jaime Ampuero García
LA PAZ
Por el Poder Legislativo, ciudadanos:
Vocal Titular y Presidente
Aquiles Echenique
Suplente.
Luis Ramírez Mendoza
Por el Poder Ejecutivo:
Títular
Hugo Cárdenas Mallea
Suplente
Marcelo Calvo Valda
Por el Poder Judicial:
Titular
Juan Collao del Castillo
Suplente
Salustio Lizón
COCHABAMBA
Por el Poder Legislativo, ciudadanos:
Vocal Titular y Presidente:
Jorge Guzmán Santiesteban
Suplente
Tito Córdoba Aliendre
Por el Poder Ejecutivo:
Titular
Javier Beltrán
Suplente
Félix Uzeda Chumacero
Por el Poder Judicial:
Titular
Carlos Wálter Urquidi
Suplente
Domingo L. Pérez
SANTA CRUZ
Por el Poder Legislativo, ciudadanos:
Vocal Titular y Presidente:
Cástulo Paz Castedo
Suplente
Luis Levy Yañez
Por el Poder Ejecutivo:
Titular
José Ortíz Aponte
Suplente
Alfredo Jordán
Por el Poder Judicial:
Titular
Héctor Suárez S.
Suplente
Francisco Dabdoub D.
POTOSI
Por el Poder Legislativo ciudadanos:
Vocal Titular y Presidente:
Armando Urioste Mendoza
Suplente
Dulfredo Zambrana
Por el Poder Ejecutivo:
Titular
Dionisio Vargas Durán
Suplente
Víctor Camargo Marín
Por el Poder Judicial:
Titular
René Cortéz Barrancos
Suplente
Máx Flores Cadena
ORURO
Por el Poder Legislativo, ciudadanos:
Vocal Titular y Presidente:
Hugo Santillán Orozco
Suplente
Germán Soria Galvarro
Por el Poder Ejecutivo:
Titular
Josermo Murillo Bacarreza.
Suplente
Augusto Villarroel.
Por el Poder Judicial:
Titular
Alberto Mendizábal C.
Suplente
Alberto Rivera Murillo
TARIJA
Por el Poder Legislativo, ciudadanos:
Vocal Titular y Presidente:
Mario Cossío Séjas
Suplente
Benigno Sánchez
Por el Poder Ejecutivo:
Titular
William Blusks C.
Suplente
Boger Castellanos
Por el Poder Judicial:
Titular
Mario Castellanos
Suplente
José Rivera
BENI
Por el Poder Legislativo, ciudadanos:
Vocal Titular y Presidente:
Arturo La Fuente Pacheco
Suplente
Rubén Rivarola
Por el Poder Ejecutivo:
Titular
Modesto Balcázar
Suplente
Pedro Nava R.
Por el Poder Judicial:
Titular
Hugo Alex Sandóval
Suplente
José Morales Svaut
PANDO
Por el Poder Legislativo, ciudadanos:
Vocal Titular y Presidente:
Alejandro Rivero R.
Suplente
José Antonio Soria
Por el Poder Ejecutivo:
Titular:
José Arab Fadul
Suplente
Carlos Nakashima Z.
Por el Poder Judicial:
Titular
Antonio Leverenz Díaz
Suplente
Julio Lavadenz G.
ARTÍCULO 2.- Los miembros de las Cortes Departamentales tomarán posesión de sus cargos conforme Ley.
ARTÍCULO 3.- Quedan derogadas las disposiciones contrarias al presente Decreto Supremo.
El señor Ministro de Estado en el Despacho del Interior, Migración y Justicia, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciseis días del mes de febrero de mil novecientos setenta y nueve años.
FDO. GRAL. DAVID PADILLA ARANCIBIA, Raúl Bothelo Gozalves, Raúl Lopez Leytón, Hugo Céspedes Espinoza, Gary Prado Salmón, Wenceslao Alba Quiroz, José Olvis Arias, Juan Muñoz Revollo, Oscar Pammo Rodríguez, Hermes Fellmán Forteza, Jorge Echazú Aguirre, Félix Villarroel Terán, Mario Candia Navarro, Luis Rivera Palacios, Norberto Salomón Soria, Abel Elías Saínz.