DECRETO SUPREMO N° 3515
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Supremo N° 2138, de 27 de julio de 1950, se puso en vigencia el nuevo Arancel de Derechos para los Oficiales del Registro Civil; que, desde esa fecha, se ha concedido un reajuste de haberes de carácter general tanto a los funcionarios públicos como a los empleados particulares en vista del encarecimiento de la vida; que, por tal razón, es conducente, asimismo, proceder al reajuste del mencionado Arancel; máxime, si tales funcionarios no perciben ninguna remuneración directa del Estado.
DECRETA:
Artículo 1° — A partir del l° de octubre del año en curso, regirá con carácter general y obligatorio en toda la República el siguiente Arancel de Derechos para los Oficiales del Registro Civil.
En Capitales de En Provincias
Departamento y Cam. Mineros
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NACIMIENTOS
a) Por inscripción de una partida de nacimiento en los libros del Registro Civil con derecho a un certificado y anotación en la Libreta Familiar….................................................... Bs. 100. — Bs. 50. — INDIGENAS “ 50. — “ 50. — b) Por cada certificado extra de nacimiento…. “ 60. — “ 30. — c) Por anotación marginal de matrimonio o defunción en la partida de nacimiento…….. “ 40. — “ 20. — d) Por anotación de reconocimiento de hijos naturales, en cada partida de nacimiento….. “ 60. — “ 30. — e) Por anotación de legitimación de hijos naturales en la partida de nacimiento de cada hijo …………………………………........... “ 60. — “ 30. — f) Por certificación de partida de nacimiento dispuesta por orden judicial………………. “ 100. — “ 50. — g) Por certificación de una partida en el Registro Especial de nacimientos anteriores a 1940, dispuesta por orden judicial……………….. “ 100. — “ 50. — MATRIMONIOS h) Por trámite y celebración de un matrimonio en la Oficialía del Registro Civil…………. “ 800. — “ 300. — INDIGENAS “ 400. — “ 300. — i) Por celebración de matrimonio en domicilio particular …………………………………... Días feriados tarifa habitual y recargo convencional. “ 1.000. — “ 400. — j) Por inscripción de una partida de matrimonio en los libros de Registro y entrega de la libreta de familia con la partida correspondiente…………………... “ 100. — “ 50. — k)