DECRETO SUPREMO N° 3300.
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA,
CONSIDERANDO:
Que las tasas contenidas en la Ley de Papel Sellado y Timbres de Transacción de 22 de abril de 1941, no han experimentado variación alguna desde que fué promulgada con excepción del recargo del 30% establecido por Ley de 30 de octubre de 1950;
Que, en consecuencia, y en virtud de la desvalorización de nuestra moneda, es preciso introducir modificaciones y un reajuste equitativo que consulte los intereses fiscales;
EN CONSEJO DE MINISTROS Y CON CARGO DE APROBACIÓN LEGISLATIVA,
DECRETA:
Artículo 1°—El papel sellado y timbres de transacción se usará con arreglo a las normas del presente Decreto.
Artículo 2°—Habrá papel sellado de Bs. 5; 10; 20; 50; 100; 200; 300; 500; 1.000; 2.000; 3.000 y 5.000 bolivianos.
Artículo 3°—Habrá timbres de transacción de 1; 2; 5; 10; 20; 50; 100; 200; 300; 500; 1.000; 3.000 y 5.000.— bolivianos.
Artículo 4°—En los actos, contratos y documentos que a continuación se expresa se usará papel sellado y timbres de transacción en la forma siguiente:
ACTOS ADMINISTRATIVOS
1.—Primera foja de actas de posesión de las concesiones mineras, sellado de 100 bolivianos.
2.—Adjudicación de tierras fiscales, ya sea por petición nueva, por la vía de consolidación de los procesos en trámite o en las gestiones para obtener la inscripción de antiguas concesiones, se usará en la siguiente forma:
a) En los trámites referentes a lotes urbanos y suburbanos
dentro de las colonias fiscales 1ª foja de la solicitud en
papel sellado de…………………………………………..…………….Bs. 20.—
Trámite posterior en papel sellado de ………………………………..…" 5.—
1ª foja del título ejecutorial en papel sellado de ……………………..…" 20.—
Las siguientes en papel sellado de …………………………………...…" 5.—
b) En los trámites referentes a lotes hasta 20 hectáreas fuera de
las colonias fiscales, 1ª foja de la solicitud en
papel sellado de.........................................................................................." 50.—
Trámite posterior en papel sellado de ………………………………..…." 5.—
1ª foja del título ejecutorial en papel sellado de ……………….…….…." 50.—
Las siguientes en papel sellado de …………………………………..….." 5.—
En los trámites referentes a lotes mayores de 20 y menores
de 2.500 hectáreas 1ª foja de la solicitud en
papel sellado de…………………………………………………………" 100.—
Trámite posterior en papel sellado de………………………………..…" 5.—
1ª foja del titulo ejecutorial en papel sellado de ………………………." 100.—
Las siguientes en papel sellado de …………………………………….." 5.—
En los trámites referentes a lotes mayores de 2.500
hectáreas y menos de 5.000, 1ª foja de la solicitud en
papel sellado de trámite posterior en papel sellado de ………………...." 200.—
Trámite posterior en papel sellado de. …………………………………." 10.—
1ª foja del título ejecutorial en papel sellado de ……………………….." 200.—
Las siguientes en papel sellado de ……………………………………..." 5.—
e) En los trámites referentes a lotes mayores de 5.000 hasta
20.00 hectáreas, 1a foja de la solicitud en papel sellado
de………..............................................................................................." 1.000.—
Trámite posterior en papel sellado de ……………………………….." 20.—
1ª foja del título ejecutorial en papel sellado de …………………….." 1.000.—
Las siguientes en papel sellado de …………………………………..." 5.—
En los trámites, referentes a lotes mayores de 20.000
hectáreas hasta 100.000 hectáreas.
1ª foja de la solicitud en papel sellado de …………………………...." 2.000.—
Trámite posterior en papel sellado de ……………………………….." 50.—
1ª foja del titulo ejecutorial en papel sellado de …………………....." 2.000.—
Trámite posterior en papel sellado de ………………………………. " 20.—
En los trámites referentes a lotes mayores de 100.000
hectáreas, 1ª foja de la solicitud en papel sellado de ……………….." 5.000.—
Trámite posterior en papel sellado de ……………………………….." 300.—
1ª foja del titulo ejecutorial en papel sellado de……………………..." 5.000.—
Las siguientes en papel sellado de ……………………………………" 300.—
3.—Autorización para el funcionamiento de fábricas de alcoholes espirituosos, sellado de Bs. 5.000.—
4.—Autorización para el funcionamiento de destilerías de aguardientes cuya capacidad productora no pase de 500 litros anuales, sellado de Bs. 500.—; de 501 a 2.000.— litros anuales, sellado de Bs. 2.000.—; para las de mayor capacidad, sellado de Bs. 3.000.—
5.—Autorización para el establecimiento de agencias de casas comerciales de sociedades, o empresas industriales extranjeras, Bs. 2.000.— en timbres.
6.—Autorización para el establecimiento de agencias aduaneras, Bs. 1.000— en timbres.
7.—Autorizaciones y permisos de cualquiera naturaleza que concedan las autoridades políticas y municipales en beneficio particular, timbres de Bs. 10.—
8.—Autorizaciones para el establecimiento de oficinas de Comisionistas, consignatarios, Corredores de Comercio y Bolsa y, demás trabajos similares, Bs. 1.000.— en timbres.
9.—Balances de casas comerciales presentados a la Comisión Fiscal Permanente, hasta un capital de cien mil bolivianos, en la primera foja, sellado de Bs. 50.—; de Bs. 100.001 a Bs.1.000.000.— en la primera foja, sellado de Bs.100.—; de Bs. 1.000.000 a Bs. 5.000.000.—, Bs. 300.—; más de 5.000.000.—, Bs. 500.—
10.—Calificación de fianza y rendición de cuentas ante los Consejos, Juntas Municipales y Prefecturas, sellado de Bs. 10.— y Bs. 5.— respectivamente.
11.—Cartas de naturalización, timbre de Bs. 1.000.—
12.—Credenciales de Senadores y Diputados sellado de Bs. 1.000.— y Bs. 500.— en timbres, respectivamente.
13.—Concesión de sustancias metalíferas, el auto respectivo, sellado de Bs. 100.—
14.—Concesiones para construcción de puertos, canales de navegación, telégrafos, ferrocarriles y otras obras análogas, sin garantía de intereses de parte del Estado, sellado de Bs. 500.—
15.— Concesiones de uso de terrenos fiscales, o municipales, en la primera foja de la solicitud, sellado de Bs. 100.—
16.— Construcción de caminos, ferrocarriles, puentes, canales de navegación, telégrafos y obras análogas, a base de garantía o subvención del Estado, en la primera foja de la solicitud o propuesta, sellado de Bs. 1.000.—
17.— Copias legalizadas y certificados expedidos por las autoridades políticas; administrativas, eclesiásticas, municipales y militares, sellado de Bs. 5.— y timbre de Bs. 5.—
18.—Denuncias de desahucio y caducidad de pertenencias mineras, sellado de Bs. 20.—
19.— Legalización de documentos que deben hacerse valer en el extranjero, Bs. 100.— en timbres.
20.— Diplomas de bachiller en Ciencias y Letras, sellado de Bs. 100.—
21.— Diplomas de maestros, peritos, contadores, farmacéuticos y otras profesiones no liberales, sellado de Bs. 200.— para los primeros y de Bs. 500.— para los demás.
22.— Establecimiento de bancos, empresas y negocios con capital mayor de dos millones de bolivianos y el aumento de sus capitales, en la primera foja de la solicitud, sellado de Bs. 5.000.—
23.— Excención, dispensación y postergación del Servicio Militar, en la solicitud respectiva, sellado de Bs. 100.—
24.—Gestiones ante las autoridades subprefecturales, juntas municipales, y demás autoridades políticas de las Provincias o de la campaña, sellado de Bs. 5.—
25.— Gestiones y presentaciones ante las Municipalidades y Autoridades Políticas, Administrativas, Eclesiásticas y Militares, sellado de Bs. 5.—
26.— Gestiones ante el Congreso Nacional o cualquiera de las Cámares separadamente, sellado de Bs. 50.—
27.— Gestiones sobre adjudicación de sustancias metalíferas, inorgánicas y aguas, a excepción de la foja correspondiente al auto respectivo, sujeta a impuesto especial, sellado de Bs. 5.—
28.— Informes que presenten los peritos fiscales en las diligencias de mensura y alinderamiento de las concesiones mineras, sellado de Bs. 20.—
29.— Informes de peritos tasadores de bienes muebles e inmuebles, en asuntos administrativos, sellado Bs. 20.—
30.— Inscripción de Contadores en la Comisión Fiscal Permanente, la primera foja de la solicitud, sellado de Bs. 100.—
31.— Letras patentes, de los cónsules honorarios, sellado de Bs. 200.—
32.— Letras patentes de los cónsules de carrera, sellado de Bs. 500.—
33.— Licitaciones o adjudicaciones hechas en remate público, y en todo contrato concluido con el Fisco, tres por mil en timbre.
34.— Memorias descriptivas de inventos y descripciones en marcas de fábrica, sellado de Bs. 10.—
35.—Nombramientos de funcionarios públicos, nacionales, departamentales o municipales y de entidades sostenidas con subvención o recursos del Estado, incluyendo a los eclesiásticos y militares, sellado de un valor equivalente al uno por ciento del sueldo o remuneración anual, mediante el reintegro correspondiente y medio por mil en timbres.
36.— Nombramientos de Jueces Parroquiales, sellado de Bs. 50.—
37.— Patentes de Fábricas y ejecución de privilegios, sellado de Bs. 200—
38.— Patentes de prórroga por dos años para la ejecución de privilegios de invención, sellado de Bs. 1.000.—
39.— Patentes de prórroga por un año, para la ejecución de privilegios patentados, sellado de Bs. 500.—
40.— Patentes de privilegio de invención, mejora o importación, sellado de Bs. 2.000—
41.— Permiso o registro de armas de fuego, timbres de Bs. 100.—
42.— Privilegio de invención o importación, primera foja de la solicitud, sellado de Bs. 200.—
43.— Propuesta o licitación que se presenta ante las autoridades nacionales, departamentales o municipales, siempre que su monto sea superior a Bs. 25.000.— sellado de Bs. 200.—
44.— Prórroga para presentar balances ante la Comisión Fiscal Permanente, en la solicitud, sellado de Bs. 10.— timbres con arreglo a la siguiente escala:
Hasta Bs. 100.000.— Bs.100.— de 100.001— a Bs. 500.000.— Bs. 200.— " " 500.001— " " 1.000.000.— " 400.— " " 1.000.001— " " 5.000.000.— " 800.— " " 5000.001— " " 10.000.000.— " 1.500.— " " 10.000.001— " " 50.000.000.— " 3.000.— " " 50.000.001— " " 100.000.000.— " 4.000.— " " 100.000.001— " " adelante " 5.000.—
45.— Protocolos de Poderes que forman los Corregidores, y en los testimonios de los mismos, sellado de Bs. 5.—
46.— Recibos otorgados por los Registradores de Derechos Reales, de todos los documentos que se les entrega para su inscripción cualquiera que sea la cuantía, timbre de Bs. 2.—
47.— Reconocimiento de personería jurídica de las Sociedades Anónimas, en la primera foja de la solicitud, sellado de Bs. 1.000.—
48.— Reconocimiento de personería jurídica de toda entidad que no sea Sociedad Anónima, sellado de Bs. 50.—
49.— Recursos de apelación ante los Ministros de Estado y demás autoridades administrativas de segunda instancia, sellado de Bs. 10.—
50.— Registro de Derechos Reales, sellado de Bs. 5.— y timbre de Bs. 2.— en cada partida.
51.— Rehabilitación de ciudadanía, en la solicitud respectiva, sellado de Bs. 200.—
52.— Revalidación de Títulos o autorización del ejercicio profesional de abogado, médico, dentista, ingeniero, farmacéutico, extranjeros, sellado de Bs. 30.000.—
53.— Solicitud o presentación directa ante el Presidente de la República, sellado de Bs. 50.—
54.— Solicitudes ante la Cámara de Senadores, para uso de cada condecoración extranjera, sellado de Bs. 2.000.—
55.— Solicitudes para admitir empleos, funciones o pensiones de un Gobierno extranjero, sellado de Bs. 2.000.—
56.— Titulo ejecutorial sobre concesión de sustancias inorgánicas y metalíferas, primera foja, sellado de Bs. 200.—
57.— Títulos de licenciado en Derecho y Ciencias Políticas, sellado de Bs. 200.—
58.— Títulos de abogado, médico, ingeniero, dentista u otra profesión liberal, sellado de Bs. 1.000.—
59.— Títulos de Notario Público de 1ª clase, sellado de Bs. 500.— y timbre de Bs. 300.—; de 2ª clase, sellado de Bs. 200.— y timbre de Bs. 50.—; de 3ª clase, sellado de Bs. 100.— y timbre de Bs. 20.—
60.— Título de Ministros de Estado, Vocales de la Corte Suprema, Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, Fiscal General de la República y Comisarios Demarcadores de Límites, sellado de Bs. 1.000.— y timbres de Bs. 500.—
61.— Credencial de Vice-Presidente de la República, sellado de Bs. 1.000.— y timbre de Bs. 500.—
62.— Credencial de Presidente de la República, papel sellado de Bs. 2.000.— y timbre de Bs. 1.000.—
63.— Títulos de Procuradores y demás funcionarios sin partida en el Presupuesto, exceptuándose los Corregidores y Jueces Parroquiales, sellado de Bs. 100.— y timbre de Bs. 50.—
II — ACTOS JUDICIALES
1.— Apertura y comprobación de testamentos, sellado de Bs. 10.—
2.— Adopción en todo trámite, sellado de Bs. 5.—
3.— Autorización judicial para enajenar y gravar bienes de incapaces, en todo trámite sellado de Bs. 5.—
4.— Denuncias de bienes vacantes y mostrencos en todo el trámite, sellado de Bs. 5.—
5.— Deslinde voluntario, en todo el trámite, sellado de Bs. 5.—
6.— Discernimiento de tutor y curador, en todo el trámite sellado de Bs. 5.—
7.— Emancipación, en todo el trámite, sellado de Bs. 10.—
8.— Cartas acordadas y provisiones ejecutorias que expidan la Corte Suprema, las Cortes de Distrito, la Curia Eclesiástica, sellado de Bs. 20.—
9.— Formación de inventarios, en todo el trámite, sellado de Bs. 5.—
10.— Informaciones ad-perpetuam, sellado de Bs. 5.—
11.— Incidentes rechazados en juicios seguidos ante jueces de instrucción y de partido, sellado de Bs. 100.— la primera vez, de Bs. 200.— la segunda y sellado de Bs. 400.— las siguientes: incidentes rechazados en las Cortes Suprema y Superior del Distrito, sellado de Bs. 200.— la primera vez, de Bs. 400.— la segunda y de Bs. 1.000.— las siguientes. El papel sellado se pagará en forma de reintegro al tiempo de presentar el próximo escrito y anulado con el sello del Juzgado, bajo responsabilidad del Secretario o Actuario.
12.— Juicios arbitrales, sellado de Bs. 10.—
13.— Juicios criminales, en las gestiones hechas por la parte civil querellante o denunciante, sellado de Bs. 5.—
14.— Juicios correccionales, en las gestiones que haga la parte civil, los querellantes o denunciantes, sellado de Bs. 5.—
15.— Juicios ordinarios y ejecutivos en la siguiente forma: Hasta Bs. 10.000.— sellado de Bs. 5.—; de Bs. 10.001.— a Bs. 50.000.— y en todos aquellos que por su naturaleza no sea posible determinar cuantía, sellado de Bs. 10.—; de Bs. 5.001.— a Bs. 100.000.— sellado de Bs. 20.—; de Bs. 100.001.— a Bs. 1.000.000.— sellado de Bs. 50.—; de Bs. 1.000.000.— a Bs. 5.000.000.— sellado de Bs. 100.— de Bs. 5.000.000.— adelante, sellado de Bs. 200.—
16.— Juicios de desahucio: cuando el alquiler anual no pase de Bs. 5.000.— sellado de Bs. 5.—; de Bs. 5.001.— a Bs. 20.000.—, sellado de Bs. 10.—; de Bs. 20.001.— a Bs. 100.000.— sellado de Bs. 20.—; de Bs. 100.001.— adelante, sellado de Bs. 50.—
17.— Juicios interdictos o sumarios, sellado de Bs. 5.—
18.— J uicios de divorcio y nulidad de matrimonio, sellado de Bs. 10.—
19.— Juicios de jactancia, sellado de Bs. 5.—
20.—Juicios relativos y filiación, interdicción y demás que tengan por objeto el estado civil y condición de las personas, sellado de Bs. 5.—
21.—Juicios de Recusación contra los Jueces Instructores, en todo el trámite, sellado de Bs. 20.—; contra los Jueces de Partido, sellado de Bs. 100.—; contra los Vocales de la Corte Suprema, sellado de Bs. 200.—
22.—Recusaciones rechazadas contra Jueces Instructores, sellado de Bs. 200.— la primera vez, de Bs. 300.— la segunda y de Bs. 500.— las siguientes; contra Jueces de Partido, sellado de Bs. 300.— la primera vez, de Bs. 500.— la segunda, de Bs. 800.— las siguientes. Contra Vocales de las Cortes de Distrito, de Bs. 300.— la primera vez, de Bs. 800.— la segunda y de bolivianos 1.000.— las siguientes; contra Vocales de la Corte Suprema de Justicia, de Bs. 800.— la primera vez, de Bs. 1.000.— la segunda y de Bs. 1.500.— las siguientes.
El sellado se pagará en forma de reintegro al presentar el próximo escrito, que será anulado con el sello del Juzgado, sin cuya condición no será admitido, bajo la responsabilidad del Secretario Actuario.
23.—Nombramiento de Interventor en los ¡juicios seguidos contra las Empresas Mineras, sellado de Bs. 50.—
24.— Participación de herencias, sobre el monto de cada heredero se usará el sellado de acuerdo al párrafo 15. En las participaciones de herencias indirectas se usará el doble del papel sellado que se indica.
25.— Petición de alimentos, en todo el trámite, sellado de Bs. 5.—
26.— Petición judicial de expedientes que se encuentran archivados en los tribunales, en la solicitud respectiva, sellado de Bs. 10.—
28.— Recurso de habeas corpus, sellado de Bs. 5.—
27.— Protocolos de Poderes que forman los Jueces Instructores y Parroquiales y en los testimonios de los mismos, sellado de Bs. 5.—
29.— Recursos de nulidad ante las Cortes de Distrito, sellado de Bs. 20.—
30.— Recurso de nulidad ante la Corte Suprema de Justicia, y en todos los juicios y actuaciones que se ventilen ante la misma, exceptuándose a los pobres de solemnidad, y los recursos que propongan el Fiscal o el acusado en los juicios criminales, sellado de Bs. 50.—
31.— Separación de bienes matrimoniales, en todo el trámite, sellado de Bs. 20.—
32.— Seguridad de los bienes de los ausentes y posesión provisional de ellos, en todo el trámite, sellado de Bs. 5.—
33.— Trámites para la declaración de pobre de solemnidad, papel común.
34.— Testimonios de los juicios que se ventilan en los estrados judiciales, sellado del juicio respectivo.
III — CONTRATOS
1.— Contratos privados en general cuando la cuantía no pase de Bs. 10.000.—, sellado de Bs. 5.—; hasta Bs. 50.000.—, sellado de de Bs. 10.—; hasta Bs. 100.000.— sellado de Bs. 20.— hasta Bs. 500.000.—, sellado de Bs. 50.—; más de Bs. 50.000.— sellado de Bs. 100.—
2.— Contratos de compra-venta, transacción, donación, permuta, o cualquier otro que tenga por objeto transferir la propiedad de toda clase de bienes, 3 por mil en timbres.
3.— Contratos de arrendamiento, o alquiler, sobre el cánon anual, dos por mil en timbres.
4.— Contratos de flete por transporte terrestre, aéreo o fluvial, dos por mil en timbres.
5.— Contratos sobre consignación de mercaderías, dos por mil en timbres.
6.— Contratos de construcción o confección de obras materiales, 3 por mil en timbres.
7.— Contratos de avío, 2 por mil en timbres.
8.— Contratos de corredores de comercio y bolsa, 50 bolivianos en timbre.