DECRETO SUPREMO N° 2791
Gral. De Brig. HUGO BALLIVIAN R.
PRESIDENTE DE LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Supremo de 1° de febrero del presente año, que amplía en favor de los profesores técnicos de la Escuela Industrial de la Nación 'Pedro Domingo Murillo" y de las secciones industriales de los colegios secundarios, el beneficio de categoría, hace mención del Decreto Supremo de 21 de febrero de 1947, que instituyó dicho beneficio en favor de los Directores de establecimientos educacionales, en lugar del de 24 de noviembre de 1936 que más propiamente correspondía citar.
EN JUNTA MILITAR DE GOBIERNO,
DECRETA:
Artículo único.—Modifícase el artículo 1° del Decreto Supremo N° 02372 de 1° de febrero de 1951, en la siguiente forma: Amplíase en favor de los profesores técnicos de la Escuela Industrial de la Nación "Pedro Domingo Murillo" y de las secciones industriales de los colegios secundarios, que realizaron estudios en Santiago de Chile y en la Escuela Industrial de la Nación y se hallan inscritos en el Libro de la Matricula Nacional de Profesores y Preceptores, el beneficio de categoría establecido por el Decreto Supremo de 24 de noviembre de 1936 para los profesores y preceptores.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Educación, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los once días del mes de octubre de mil novecientos cincuenta y un años.
(Fdo.) Gral. de Brig. HUGO BALLIVIAN.— Tcnl. Carlos Ocampo.— Gral. Donato Cardozo.— Cnl. Tomás A. Suárez.— Cnl. Carlos Montero.— Tcnl. Luis Martínez.— Tcnl. Facundo Moreno.— Valentín Gómez.— Tcnl. Sergio Sánchez.