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DECRETO SUPREMO Nº 11133

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, mediante Resolución Suprema Nº168143 de fecha 17 de julio de 1973, se ha autorizado al Ministerio de Información y Deportes, la organización y realización de la exposición “DOS AÑOS DE GOBIERNO NACIONALISTA REVOLUCIONARIO” en la ciudad de La Paz, y otras capitales de departamento;

 

Que, de acuerdo a esa Resolución Suprema, la exposición debe ser trasladada al interior del país a cuyo efecto se hace necesario dotar los fondos suficientes;

 

Que, igualmente por Resolución Ministerial N° 812 de la misma fecha, ha sido de signado Presidente de la Comisión Organizadora de la exposición el señor Subsecretario de Información y Deportes, funcionario responsable de su verificativo.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO l.- Autorízase al Ministerio de Finanzas a transferir la suma de DOSCIENTOS MIL 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 200.000.-) de la cuenta “Asignaciones Globales” de dicho portafolio de Estado, a la cuenta 292 del Ministerio de Información y Deportes, con destino a la Comisión Organizadora de la exposición “DOS AÑOS DE GOBIERNO NACIONALISTA REVOLUCIONARIO”, y la cobertura de los gastos de organización de la misma en la ciudad de Santa Cruz, con cargo de cuenta documentada por el Presidente de dicha Comisión Organizadora.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintidos días del mes de octubre de mil novecientos setenta y tres años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Mario R. Gutiérrez Gutiérrez, Walter Castro Avendaño, Jaime Florentino Mendieta Vargas, Armando Pinell Centellas, Ambrosio García Rivera, Jaime Tapia Alipaz, Alberto Natusch Busch, Roberto Capriles Gutiérrez, Javier Bedregal Gutiérrez, Juan Pereda Asbún, Guillermo Bulacia Salek, Fernando Paz Baldivieso, Waldo Cerruto Calderón, Guido Valle Antelo.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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