DECRETO SUPREMO Nº 11094
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo Nº 10952 de fecha 3 de julio de 1973, se dispuso intervención de la Cruz Roja Boliviana, con un plazo de 90 días para reestructurar dicha Institución.
Que, los Comités Departamentales de la Cruz Roja Boliviana, no han realizado las Asambleas correspondientes para la elección de sus Directorios.
Que, dichos Comités deben enviar a su vez, tres delegados que los representen en la Asamblea general a nivel nacional.
Que, por este motivo no ha sido concluida a reestructuración de la Cruz Roja Boliviana.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Prorróganse por 90 días los efectos del Decreto Supremo 10952 de fecha 3 de julio de 1973.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Previsión Social y Salud Publica y del Interior, Migración y Justicia, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiocho días del mes de septiembre de mil novecientos setenta y tres años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Mario R. Gutiérrez Gutiérrez, Wálter Castro Avendaño, Jaime Florentino Mendieta Vargas; Armando Pinell Centellas; Germán Azcárraga Jimánez, Ambrosio García Rivera, Luis Leigue Suárez, Jaime Tapia Alipaz, Angel Gemio Ergueta, Alberto Natusch Busch, Ramón Azero Sanzetenea, Roberto Capriles Gutiérrez, Javier Bedregal Gutiérrez; Juan Pereda Asbún, Guillermo Bulacia Salak, Julio Prado Salmón, Waldo Cerruto Calderón, Guido Valle Antelo.