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DECRETO SUPREMO N° 2563

 

Gral. De Brig. HUGO BALLIVIAN R.

PRESIDENTE DE LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que se halla en vigencia el Decreto Supremo de 9 de noviembre de 1950, el cual determina las funciones de la Comisión Nacional de Cultura:

 

Que en la Dirección General de Educación existe un organismo jerarquico denominado Departamento de Educación Musical y Artística, que realiza labor de orientación y control artístico en escuelas, colegios e institutos educacionales de la República;

 

Que con fines de establecer la reglamentación correspondiente a los incisos a) y b) del Artículo 9° del referido Decreto y mantener nexo con la Dirección General de Educación, la Comisión Nacional de Cultura requiere el concurso del citado Departamento, cuya ingerencia técnica administrativa en los establecimientos educacionales, es conveniente para dichos fines;

 

D E C R E T A:

 

Artículo 1°— La Comisión de Cultura estará integrada también por el Jefe del Departamento de Educación Musical y Artística, quién se incorporará a esa entidad en calidad de miembro nato.

 

Artículo 2°— La Jefatura del Departamento de Educación Musical y Artística, hará cumplir las sugerencias de orden musical y artístico, de la Comisión Nacional de Cultura, en los centros de educación del país.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Educación, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los seis días del mes de junio de mil novecientos cincuenta y un años.

 

(Fdo.) GRAL. HUGO BALLIVIAN.— (Fdo.) Carlos Ocampo.

 

 

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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