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DECRETO SUPREMO Nº 11106

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, mediante Decreto Supremo Nº 10667 de 29 de diciembre de 1972, se aprobó el Presupuesto General de la Nación para la gestión fiscal de 1973,

 

Que, mediante disposición de la Cancillería de la República a partir del 1º de enero del presente año ha sido trasladado el señor Gustavo Laredo, Cónsul de Bolivia en San Francisco de California (Estados Unidos de Norte América) a la ciudad de los Angeles para ejercer igual función, con el fin de atender las crecientes necesidades de la colonia boliviana,

 

Que, es necesario regularizar la situación legal de dicho organismo consular con dictación de la norma que le otorgue el respaldo necesario.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO PRIMERO.- Créase el Consulado de Bolivia en los Angeles (Estados Unidos de Norte América) con carácter rentado, debiendo utilizarse para el pago de haberes la partida destinada al Agregado de Prensa de la Embajada de nuestro país en México, aprobada en el Presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto correspondiente a la presente gestión.

 

ARTÍCULO SEGUNDO.- Encontrándose provisto dicho cargo y existiendo apropiación presupuestaria desde el l° de enero del año en curso, deberá tramitarse el pago de haberes en favor del señor Gustavo Laredo, actual Cónsul en Los Angeles, a partir de la indicada fecha.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y Relaciones Exteriores y Culto, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cincio días del mes de octubre de mil novecientos setesta y tres años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Guillermo Céspedes Rivera, Wálter Castro Avendaño, Jaime Florentino Mendieta Vargas, Armando Pinell Centellas, Germán Azcárraga Jiménez, Ambrosio García Rivera, Luis Leigue Suárez, Jaime Tapia Alipaz, Angel Gemio Ergueta, Alberto Natusch Busch, Ramón Azero Sanzetenea, Roberto Capriles Gutiérrez, Javier Bedregal Gutiérrez, Juan Pereda Asbún, Guillermo Bulacia Salek, Waldo Cerruto Calderón, Guido Valle Antelo.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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