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DECRETO SUPREMO Nº 10668

GRAL HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

 

CONSIDERANDO

 

Que, mediante Resolución Suprema número 74889 de 13 de septiembre de 1957, Bolivia ha aprobado los Estatutos del Organismo Internacional de Energía Atómica, los mismos que fueron suscritos en Representación de Bolivia por el señor Embajador Germán Quiroga Galdo el 26 de octubre de 1956; en la Sede de las Naciones Unidas, y;

 

Que, en fecha 7 de septiembre de 1970 el Representante de Italia ante el OIEA propuso la modificación del Artículo VI del Estatuto del mencionado Organismo, que se refiere al aumento del número de miembros dentro de su Consejo;

 

Que, dicha modificación no significa cambio al espíritu de los Estatutos del Organismo Internacional de Energía Atómica, y teniendo en cuenta que hasta la fecha el Gobierno de Bolivia no ha ratificado la mencionada modificación.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase y ratifícase la modificación del Artículo VI del Estatuto del Organismo Internacional de Energía Atómica firmado por Bolivia el 26 de octubre de 1956.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores y Culto, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintinueve días del mes de diciembre de mil novecientos setenta y dos años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Mario R. Gutiérrez Gutiérrez, Mario Adett Zamora, Jaime Florentino Mendieta Vargas, Luis Bedregal Rodo, Julio Prado Salmón, Germán Azcárraga Jiménez, Ambrosio García Rivera, Carlos Valverde Barbery, Jaime Tapia Alipaz, Roberto Capriles Gutiérrez, Raúl Lema Patiño, Guillermo Fortún Suárez, Guido Humerez Cabrera, Carlos Iturralde Ballivian.

 

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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