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DECRETO SUPREMO Nº 10656

CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

 

CONSIDERANDO:

 

Que, el Presupuesto Consolidado del Sector Público correspondiente a la Gestión Fiscal de 1972, ha sido aprobado mediante Decreto Supremo Nº 10243, de 9 de mayo del año en curso, estableciéndose nuevas normas para su ejecución a cargo de los Ministerios y Entidades descentralizadas;

 

Que, para atender las necesidades del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, se hace necesario el refuerzo de las partidas presupuestarias “Transporte y Gastos de Viaje y otros Servicios no Personales”.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Presupuesto Adicional del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto para la Gestión Fiscal de 1972, de acuerdo al siguiente detalle:

 

I N G R E S O S

(En Pesos Bolivianos)

 

FINANCIAMIENTO POR ORIGEN DE LOS RECURSOS:

 

Código

Fuente

Presupuesto

Adicional

1972

I

NACIONALES

777.390.73

 

1.-

 

Tesoro Nacional

 

777.390.73

 

 

T o t a l :

 

777.390.73

 

E G R E S O S

(En Pesos Bolivianos)

 

CLASIFICACION POR OBJETO DEL GASTO :

 

Código

Descripción

Presupuesto

Adicional

1972

200

SERVICIOS NO PERSONALES

777.390.73

230

TRANSPORTE Y GASTOS DE VIAJE

747.390.73

231

GASTOS POR PASAJES

239.800.62

232

VIÁTICOS

507.590.11

290

OTROS SERVICIOS

NO PERSONALES

30.000.-

291

Asignaciones Globales

30.000.-

 

T O T A L :

777.390.72

 

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintidos días del mes de diciembre de mil novecientos setenta y dos años.

 

FDO. CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ, Mario R. Gutiérrez Gutiérrez, Mario Adett Zamora, Jaime Florentino Mendieta Vargas, Luis Bedregal Rodo, Julio Prado Salmón, Germán Azcárraga Jiménez, Ambrosio García Rivera, Carlos Valverde Barbery, Jaime Tapia Alipaz, Ciro Humboldt Barrero, José Gil Reyes, Roberto Capriles Gutiérrez, Raúl Lema Patiño, Héctor Ormachea Peñaranda, Guillermo Fortún Suárez, Alfredo Arce Carpio, Guido Humerez Cabrera, Carlos Iturralde Ballivian.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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