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DECRETO SUPREMO Nº 10622

CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

 

CONSIDERANDO:

 

Que, por Decreto Supremo Nº 09902 de 15 de septiembre de 1971, y Resolución Suprema N° 158651 de 1º de octubre del mismo año, se ha autorizado al Ministerio de Educación y Cultura, tramitar y extender los Títulos de Bachiller a los alumnos egresados del ciclo medio, mientras se normalicen las labores en las Universidades del país;

 

Que, habiéndose regularizado las funciones de la Universidad Boliviana, coresponde restituirle las facultades para la expedición de los Títulos de Bachiller.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Derógase el Decreto Supremo Nº 09902 de 15 de septiembre de 1971 y se revoca la Resolución Suprema Nº 158651 de 1º de octubre de 1971, debiendo las Universidades del país, continuar conociendo los trámites y la extensión de los Títulos de Bachiller en favor de las personas que cumplan con los requisitos reglamentarios.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Educación y Cultura, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cinco días del mes de diciembre de mil novecientos setenta y dos años.

FDO. CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ, Mario Adett Zamora, Jaime Florentino Mendieta Vargas, Luis Bedregal Rodo, Germán Azcárraga Jiménez, Ambrosio García Rivera, Carlos Valverde Barbery, Jaime Tapia Alipaz, Ciro Humboldt Barrero, José Gil Reyes, Roberto Capriles Gutiérrez, Raúl Lema Patiño, Héctor Ormachea Peñaranda, Guillermo Fortún Suárez, Guido Humerez Cabrera, Alfredo Arce Carpio, Carlos Iturralde Ballivian.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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