TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2025

Untitled Document

DECRETO SUPREMO N° 10546

CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

 

CONSIDERANDO:

 

Que, mediante D.S. N° 10248 de 9 de mayo del año en curso fue aprobado el Presupuesto Consolidado del Sector Público correspondiente a la gestión fiscal de 1972, con el objeto de proyectar una adecuada racionalización del gasto público, así como la política financiera trazada por el Supremo Gobierno, para impulsar el desarrollo económico y social del país;

 

Que, la suma aprobada para el Ministerio de Informaciones y Deportes por la referida disposición legal, es insuficiente para atender las nuevas necesidades de dicho portafolio emergentes de contratos suscritos en el exterior por este Servicio, para demostrar la nueva política económica del Gobierno en la atracción de capitales para vitalizar mayormente nuestra economía;

 

Que, por las razones anotadas es necesario aprobar un Presupuesto Adicional para el Ministerio de Informaciones y Deportes, a fin de reforzar económicamente su presupuesto para el normal desenvolvimiento, en un total de $b. 96.000.-

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Presupuesto Adicional del Ministerio de Informaciones y Deportes para la gestión fiscal de 1972, de acuerdo al siguiente detalle:

 

 

I N G R E S O S

(En Pesos Bolivianos)

 

FINANCIAMIENTO POR ORIGEN DE LOS RECURSOS:

 

Código

Fuente

Presupuesto

1972

 

I

 

NACIONALES

 

96.000.-

 

1.-

Tesoro Nacional

96.000.-

 

 

T o t a l :

96.000.-

 

 

 

 

E G R E S O S

(En Pesos Bolivianos)

 

CLASIFICACION POR OBJETO DEL GASTO :

 

Código

Descripción

Presupuesto

1972

 

200

 

SERVICIOS NO PERSONALES

 

96.000.-

 

220

PUBLICIDAD E IMPRENTA

96.000.-

 

221

Publicidad

96.000.-

 

 

T O T A L :

96.000.-

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Informaciones y Deportes y de Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticuatro días del mes de octubre de mil novecientos setenta y dos años.

 

FDO. CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ, Mario R. Gutiérrez Gutiérrez, Mario Adett Zamora, Jaime Florentino Mendieta Vargas, Luis Bedregal Rodo, Julio Prado Salmón, Arturo Cronenbold Parada, Ambrosio García Rivera, Carlos Valverde Barbery, Jaime Tapia Alipaz, Ciro Humboldt Barrero, José Gil Reyes, Roberto Capriles Gutiérrez, Raúl Lema Patiño, Héctor Ormachea Peñaranda, Guillermo Fortún Suárez, Alfredo Arce Carpio, Carlos Iturralde Ballivian.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2021

|