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DECRETO SUPREMO N° 10530

CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

 

CONSIDERANDO:

 

Que, con la finalidad de proveer de vivienda a los empleados de la comuna de la ciudad de Tarija la H. Alcaldía Municipal de esa ciudad ha cedido a título de venta la extensión de 8.020,80 M2. al precio de $b. 1.- el M2.;

 

Que, los terrenos materia de la presente transacción, fueron ganados al río Guadalquivir en la parte que bordea la Av. Las Américas;

 

Que, la mencionada venta de bienes de propiedad municipal, tiene finalidad social, contribuyendo a la vez, al desarrollo y progreso de la ciudad de Tarija.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO PRIMERO.- Apruébase las cesiones a título oneroso de los lotes de terreno municipal de Tarija, ubicados en el Noreste del Barrio "El Carmen" en una extensión de 8.020,80 M2., en favor de los funcionarios de la comuna de Tarija, con destino a la construcción de viviendas de los citados empleados.

 

ARTÍCULO SEGUNDO.- La H. Alcaldía Municipal y los beneficiarios suscribirán las correspondientes escrituras de transferencia por ante la Notaría de Hacienda, con intervención del señor Fiscal del Distrito, é Interventor de la Contraloría de la República.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Urbanismo y Vivienda é Interior, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los trece días del mes de octubre de mil novecientos setenta y dos años.

 

FDO. CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ, Mario R. Gutiérrez Gutiérrez, Jaime Florentino Mendieta Vargas, Arturo Cronembold Parada, Ambrosio García Rivera, Carlos Valverde Barbery, Ciro Humboldt Barrero, José Gil Reyes, Roberto Capriles Gutiérrez, Raúl Lema Patiño, Héctor Ormachea Peñaranda, Guillermo Fortún Suárez, Alfredo Arce Carpio, Carlos Iturralde Ballivian.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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