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DECRETO SUPREMO N° 1015

10 DE ENERO

 

ENSEÑANZA COMERCIAL.— Se pone en vigencia el nuevo plan de estudios elaborado por la Dirección General de Educación.

 

ENRIQUE HERTZOG G.

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que los Decretos y Reglamentos deben concordar con las leyes sustantivas que rigen la enseñanza del país;

 

Que, el plan de estudios comerciales aprobado por D. S. N° 756 de 7 de marzo de 1947, no consulta las necesidades de una buena preparación técnica, en ramas de este ciclo profesional, ni confronta la realidad de nuestro medio;

 

Que se impone para mayor seriedad del desarrollo de la enseñanza comercial, la substitución del indicado plan por otro más completo y racional;

 

DECRETA:

 

Art. único.— Abrógase el Decreto Supremo N° 756 de 7 de marzo de 1947 sobre la enseñanza comercial, con excepción del art. 1°, y se aprueba y pone en vigencia el nuevo Plan de Estudios elaborado por la Dirección General de Educación.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Educación, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de enero de mil novecientos cuarenta y ocho años.

 

FDO. ENRIQUE HERTZOG.— Armando Alba.

 

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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