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DECRETO SUPREMO N° 10526

CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

 

CONSIDERANDO:

 

Que, el desarrollo económico y social regional supone la implantación de una infraestructura vial;

 

Que, a tal efecto el Supremo Gobierno a través del Servicio Nacional de Caminos y los Comités de Obras Públicas Departamentales ha formulado y aprobado planes de desarrollo caminero;

 

Que, para la ejecución de dichos planes, se hace necesaria la importación de maquinaria, equipos y materiales.

 

Que, de acuerdo a ésta política, el Comité de OO.PP. del Beni ha sido autorizado mediante el instrumento legal correspondiente, a importar maquinaria y equipo de procedencia brasileña por un monto de $us. 1.500.000.-

 

Que, es necesario facilitar la internación de esta maquinaria y equipo.

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Libérase de todos los impuestos nacionales, departamentales, municipales y universitarios exceptuando el de servicios prestados, la importación del equipo y maquinaria caminera, de procedencia brasileña, adjudicados por la Junta de Licitaciones del Comité de Obras Públicas del Beni, de acuerdo al Convenio de Crédito otorgado por el Banco do Brasil a través de su Cartera de Comercio Exterior, hasta un monto de $us. 1.500.000.-

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los seis días del mes de octubre de mil novecientos setenta y dos años.

 

FDO. CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ, Arturo Cronembold Parada, Ambrosio García Rivera, Carlos Iturralde Ballivian.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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