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DECRETO SUPREMO N° 10402

CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O :

 

Que, mediante D.S. Nº 10248 de 9 de mayo del año en curso; ha sido aprobado el Presupuesto Consolidado del Sector Público, para la gestión de 1972;

 

Que, las sumas aprobadas por la referida disposición legal para el Ministerio de Previsión Social y Salud Pública, son insuficientes para atender a las necesidades crecientes de dicho Portafolio, máxime si tiene que atender urgentes requerimientos sanitarios de carácter público como el Banco Nacional de Vacunas y la extensión de servicios;

 

Que, por las razones anotadas, es necesario aprobar el Presupuesto Adicional para el Ministerio de Previsión Social y Salud Pública en la suma de $b. 798.792.- para el Banco Nacional de Vacunas con cargo a los aportes de las diferentes instituciones que lo forman y $b. 39.700.- con recursos provenientes de la asignación por UNICEF para el Programa de Extensión de Servicios según Convenio.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A :

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Presupuesto Adicional para el Ministerio de Previsión Social y Salud Pública, con cargo a la gestión de 1972, de acuerdo al siguiente detalle:

 

10.- $b. 798.792.- con destino al Programa de Actividades del Banco Nacional de Vacunas y 2º.- La suma de $b. 39.700.- con destino al Programa de Extensión de Servicios - Convenio UNICEF (Actividad 12).

 

INGRESOS

(En Pesos Bolivianos)

 

FINANCIAMIENTO POR ORIGEN DE LOS RECURSOS:

 

 

Código

 

Fuente

Presupuesto

1972

 

I

 

NACIONALES

 

798.792.-

4.-

TRANSFERENCIAS

798.792.-

 

DE INSTITUCIONES

798.792.-

 

 

 

 

PARA EL BANCO NACIONAL

DE VACUNAS:

 

 

Caja Nacional de Seguridad Social

528.468.-

 

Corporación Boliviana de Fomento

115.476.-

 

Empresa Nal. de Ferrocariles

39.072.-

 

Yacimientos Petrolíferos Fiscales

Bolivianos

 

27.600.-

 

Instituto Nacional de Colonización

39.240.-

 

Servicio Nacional de Caminos

8.880.-

 

Fondo de Empleados Bancarios

6.108.-

 

Caja de Seguro Social Ferroviaria

6.864.-

 

Caja de Seguridad Petrolera

4.644.

 

Corporación Boliviana de Fomento

6.252.-

 

Caja de Seguridad Social de
Choferes

 

16.188.-

II

EXTERNOS

39.700.-

7.-

OTROS

 

39.700.-

 

UNICEF: Extensión de Servicios

 

39.700.-

 

TOTAL :

838.492.-

 

EGRESOS

(En Pesos Bolivianos)

 

CLASIFICACION POR OBJETO DEL GASTO:

 

 

Código

 

Descripción

Presupuesto

1972

 

 

Para el Programa de Extensión

de Servicios-Convenio UNICEF

(Actividad Nº 12)

 

200

SERVICIOS NO PERSONALES

39.700.-

230

TRANSPORTE Y GASTOS DE

VIAJE

 

39.700.-

231.7

Gastos por Pasajes

18.100.-

231.7

Viáticos

21.600.-

 

Para el Banco Nacional de Vacunas

 

300

MATERIALES Y SUMINISTROS

798.792.-

340

SUMINISTROS TECNICOS

798.792.-

342.4

Productos Farmacéuticos

798.792.-

 

TOTAL:

838.492.-

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Previsión Social y Salud Pública y de Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los once días del mes de agosto de mil novecientos setenta y dos años

 

FDO. CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ, Jaime Florentino Mendieta Vargas, Edwin Rodríguez Aguirre, Julio Prado Salmón, Sergio Leigue Suárez, Ambrosio García Rivera, Carlos Valverde Barbery, Mario Méndez Elías, Ciro Humboldt Barrero, José Gil Reyes, Roberto Capriles Gutiérrez, Edmundo Nogales Ortíz, Héctor Ormachea Peñaranda, Hugo Gonzáles Rioja, Alfredo Arce Carpio.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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