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DECRETO SUPREMO N° 05605

VICTOR PAZ ESTENSSORO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Estatuto del Servicio Exterior no reconoce la categoría de funcionarios diplomáticos con carácter honorario;

 

Que, no obstante, en la práctica, se han hecho designaciones que han dado lugar a situaciones perjudiciales al buen nombre del país;

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1.- Cancélanse todos los nombramientos de carácter honorario en el Servicio diplomático exterior.

 

ARTÍCULO 2.- El Servicio diplomático de Bolivia está constituído exclusivamente, por funcionarios que figuren en las correspondientes planillas de haberes del Ministerio de Relaciones Exteriores.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los catorce días del mes de octubre de mil novecientos sesenta años.

 

FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, E. Arze Quiroga, Ministro de Relaciones Exteriores.

 

 

 

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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