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DECRETO SUPREMO Nº 10390

CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O :

 

Que, la residencia de la Misión Diplomática de Bolivia en Washington, requiere de una refacción general para mejor servicio y atención de las necesidades de nuestra legación en aquella capital;

 

Que, el costo total estimado para dicho trabajo asciende a la suma de $us. 100.000.;

 

Que, siendo de urgente necesidad, proceder a la refacción de la referida residencia, corresponde autorizar el pago de la suma estimada para la obra.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A :

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Autorízase al Tesoro General de la Nación pague con cargo de cuenta documentada a rendirse ante la Contraloría General de la República, la suma de CIEN MIL 00/100 DOLARES AMERICANOS (Sus. 100.000.-), para cubrir los gastos que demande la refacción de la residencia de la Misión Diplomática de Bolivia en los Estados Unidos de Norteamérica, en cheque girado a nombre de la Embajada de Bolivia en Washington, con cargo a la cuenta T.G.N. “Asignaciones Globales” del Ministerio de Finanzas de la gestión vigente.

 

Los señores Ministros de los Despachos de Finanzas y Relaciones Exteriores, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta y un días del mes de julio de mil novecientos setenta y dos años.

 

FDO. CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ, Mario R. Gutiérrez Gutiérrez, Mario Adett Zamora, Jaime Florentino Mendieta Vargas, Edwin Rodríguez Aguirre, Julio Prado Salmón, Sergio Leigue Suárez, Ambrosio García Rivera, Carlos Valverde Barbery, Mario Méndez Elías, Ciro Humboldt Barrero, José Gil Reyes, Roberto Capriles Gutiérrez, Edmundo Nogales Ortíz, Héctor Ormachea Peñaranda, Hugo Gonzáles Rioja, Alfredo Arce Carpio.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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