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DECRETO SUPREMO Nº 06063

VÍCTOR PAZ ESTENSSORO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que en prosecución del plan social de distribución y dotación de tierras a los trabajadores de la Administración Pública en general, y siguiendo la política trazada por el Supremo Gobierno sobre ''Vivienda Propia", el Ministerio de Salud Pública ha intervenido en la adquisición de sesenta mil metros cuadrados de terreno en la región de Villa San Antonio de esta ciudad, con destino a los trabajadores del Sindicato Mixto de Trabajadores en Sanidad, dependientes de ese Despacho.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1.- Autorízase al Ministerio de Salud Pública adquirir con el Sindicato Mixto de Trabajadores en Sanidad una extensión de setenta mil metros cuadrados (70.000 ms2) en la región de Villa San Antonio de esta ciudad, con destino a la vivienda propia de sus trabajadores y afiliados de dicho sindicato.

 

ARTÍCULO 2.- Dicha adquisición a título oneroso, se efectuará por partes iguales entre el Ministerio y el Sindicato que se menciona.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Salud Pública, queda encargado para la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los trece días del mes de abril de mil novecientos sesenta y dos años.

 

FDO. VÍCTOR PAZ ESTENSSORO, Guillermo Jáuregui G., José Fellman V., J. L. Gutiérrez Granier, F. Ayala R., R. Pérez Alcalá, A. Franco Guachalla, Mario Guzmán G., Simón Cuentas, Jaime Otero Calderón.

 

 

 

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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